Resolución N.° 003229-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
3 de noviembre de 2023
VISTO: El Expediente de Apelación N° 03447-2023-JUS/TTAIP de fecha 10 de octubre de 2023, interpuesto por GILDA ERIKA ROMERO DÍAZ, contra el Oficio N° 310-2023/S-30200 de fecha 03 de octubre de 2023, mediante el cual la E.P.S. SEDAPAR S.A., responde a la solicitud acceso a la información pública presentada por la recurrente el 22 de setiembre de 2023, signado con el Expediente N° 2023-26018.
Con fecha 22 de setiembre de 2023, la recurrente solicitó en mérito a la Ley de Transparencia se le remita la siguiente información:
- “COPIA INFORME FINAL ELABORADO POR LA EMPRESA KOSKO PERU S.A.C. CONSULTORIA PARA LA ELABORACIONO DE UN ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE RIESGO POR PELIGRO GEOLOGICO SISMICO Y EVENTOS ASOCIADOS DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CANAL DE ZAMACOLA QUE ABASTECE DE AGUA CRUDA A LA PTAP LA TOMILLA EN EL DISTRITO DE CAYMA PROVINCIA DE AREQUIPA
- COPIA INFORME FINAL ELABORADO POR ALEXANDER DIAZ GUEVARA (RUCXXXXXXXXX) PROVEEDOR DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE RIESGOS POR PELIGRO DE FLUJOS DESLIZAMIENTOS SÍSMICOS Y EVENTOS ASOCIADOS A LA LÍNEA
DE CONDUCCIÓN DE AGUA CRUDA DE LA CAPTACIÓN DE CHARCANI V A LA PTAP MIGUEL DE LA CUBA IBARRA EN EL DISTRITO DE SELVA ALEGRE, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA”.
Con Oficio N° 310-2023/S-30200 de fecha 03 de octubre de 2023, la entidad responde a la solicitud acceso a la información pública presentada por la recurrente, señalando que: “En atención a su solicitud amparada en la Ley de Transparencia N° 27806, debo informarle que el informe solicitado forma parte de un proceso de mesa de trabajo que no se encuentra concluida, razón por la cual, no es posible entregar esta información por constituir un tema estratégico que forma parte de la posición que tendrá SEDAPAR en dicha mesa de trabajo a llevarse a cabo en los siguientes días con la Sociedad Minera Cerro Verde”.
Con fecha 09 de octubre de 2023, la recurrente interpone el recurso de apelación materia de análisis alegando que: “El argumento ofrecido por SEDAPAR S.A no coincide con la relación de excepciones precisadas en la mencionada norma más aún si estas tienen carácter restrictivo (…) resulta extraña la respuesta de la empresa de saneamiento y alcantarillado,
SEDAPAR S.A, toda vez que en Junta General de Accionistas del lunes 18 de setiembre, se acordó por mayoría cobrar a la empresa minera Cerro Verde 3.63 dólares por metro cúbico (m3) del agua tratada que usa de la planta La Enlozada, ubicada en el distrito de Uchumayo, esa reunión fue pública puesto que permitieron el acceso a periodistas, incluso esa decisión fue objeto de publicación periodística”.
Mediante Resolución N° 003021-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 03 de noviembre de 2023, a través del Oficio Nº 346-2023/S-30200, la entidad remite el expediente administrativo y formula sus descargos, alegando que: “Con respecto al punto 1 del pedido, informamos que actualmente la consultoría para la elaboración del estudio de evaluación de riegos por peligro geológico, sísmico y eventos asociados de la infraestructura del canal Zamácola que abastece de agua cruda a la PTAP La Tomilla en el distrito de Cayma, provincia de Arequipa, se encuentra paralizado por incumplimiento de contrato, por lo tanto, no es posible hacer la entrega del producto final al interesado. Con
respecto al punto 2 de la solicitud, el mismo fue entregado al interesado mediante link: https://drive.google.com/file/d/1RWMmR1YDlzEsvuimxd4TvJuu_qMs0vQS/view?usp=drive_l
ink como se evidencia el correo de respuesta de fecha 06.10.2023”.
Con fecha 22 de setiembre de 2023, la recurrente solicitó en mérito a la Ley de Transparencia se le remita la siguiente información:
- “COPIA INFORME FINAL ELABORADO POR LA EMPRESA KOSKO PERU S.A.C. CONSULTORIA PARA LA ELABORACIONO DE UN ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE RIESGO POR PELIGRO GEOLOGICO SISMICO Y EVENTOS ASOCIADOS DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CANAL DE ZAMACOLA QUE ABASTECE DE AGUA CRUDA A LA PTAP LA TOMILLA EN EL DISTRITO DE CAYMA PROVINCIA DE AREQUIPA
- COPIA INFORME FINAL ELABORADO POR ALEXANDER DIAZ GUEVARA (RUCXXXXXXXXX) PROVEEDOR DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE RIESGOS POR PELIGRO DE FLUJOS DESLIZAMIENTOS SÍSMICOS Y EVENTOS ASOCIADOS A LA LÍNEA
DE CONDUCCIÓN DE AGUA CRUDA DE LA CAPTACIÓN DE CHARCANI V A LA PTAP MIGUEL DE LA CUBA IBARRA EN EL DISTRITO DE SELVA ALEGRE, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA”.
Con Oficio N° 310-2023/S-30200 de fecha 03 de octubre de 2023, la entidad responde a la solicitud acceso a la información pública presentada por la recurrente, señalando que: “En atención a su solicitud amparada en la Ley de Transparencia N° 27806, debo informarle que el informe solicitado forma parte de un proceso de mesa de trabajo que no se encuentra concluida, razón por la cual, no es posible entregar esta información por constituir un tema estratégico que forma parte de la posición que tendrá SEDAPAR en dicha mesa de trabajo a llevarse a cabo en los siguientes días con la Sociedad Minera Cerro Verde”.
Con fecha 09 de octubre de 2023, la recurrente interpone el recurso de apelación materia de análisis alegando que: “El argumento ofrecido por SEDAPAR S.A no coincide con la relación de excepciones precisadas en la mencionada norma más aún si estas tienen carácter restrictivo (…) resulta extraña la respuesta de la empresa de saneamiento y alcantarillado,
SEDAPAR S.A, toda vez que en Junta General de Accionistas del lunes 18 de setiembre, se acordó por mayoría cobrar a la empresa minera Cerro Verde 3.63 dólares por metro cúbico (m3) del agua tratada que usa de la planta La Enlozada, ubicada en el distrito de Uchumayo, esa reunión fue pública puesto que permitieron el acceso a periodistas, incluso esa decisión fue objeto de publicación periodística”.
Mediante Resolución N° 003021-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 03 de noviembre de 2023, a través del Oficio Nº 346-2023/S-30200, la entidad remite el expediente administrativo y formula sus descargos, alegando que: “Con respecto al punto 1 del pedido, informamos que actualmente la consultoría para la elaboración del estudio de evaluación de riegos por peligro geológico, sísmico y eventos asociados de la infraestructura del canal Zamácola que abastece de agua cruda a la PTAP La Tomilla en el distrito de Cayma, provincia de Arequipa, se encuentra paralizado por incumplimiento de contrato, por lo tanto, no es posible hacer la entrega del producto final al interesado. Con
respecto al punto 2 de la solicitud, el mismo fue entregado al interesado mediante link: https://drive.google.com/file/d/1RWMmR1YDlzEsvuimxd4TvJuu_qMs0vQS/view?usp=drive_l
ink como se evidencia el correo de respuesta de fecha 06.10.2023”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala