Resolución N.° 003858-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
31 de octubre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 03430-2023-JUS/TTAIP de fecha 7 de octubre de 2023, interpuesto por RAÚL ANTHONY CHAFLOQUE BALBOA contra las denegatorias por silencio administrativo negativo de sus solicitudes de acceso a la información pública presentadas al MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES con fecha 17 de febrero de 2023, registradas con Expediente N° 6869- 2023, Expediente N° 6875-2023 y Expediente N° 6904-2023; reiteradas con fecha 2 de agosto de 2023 con Expediente N° 28850-2023, Expediente N° 28853-2023 y Expediente N° 28854-2023.
Con fecha 17 de febrero de 2023, el recurrente a través de tres (3) solicitudes, requirió a la entidad copia simple de la siguiente información:
Expediente N° 6869-2023
“Documentación en donde se consigne si para el año 2020 la MDSJM, adquirió 01 Dron bajo alguna modalidad de contratación”.
Expediente N° 6875-2023
“La documentación referente a la no suscripción del contrato y/o proceso de selección: comparación de precios N° 001-2020-SGAYCP-MDSJM-1, para la “Adquisición de botas de cuerpo tipo zapatilla con punta de acero para el personal de la Subgerencia de limpieza pública y gestión de residuos solidos y subgerencia de ornato y áreas verdes” del periodo 2020”.
Expediente N° 6904-2023
“La documentación en donde se consigne si para el año 2020 y 2021 en la MDSJM, los trabajadores bajo la modalidad de contratación locador de servicios se rigen a un horario de trabajo”.
Solicitudes que con fecha 2 de agosto fueron reiteradas ante la entidad.
Con fecha 7 de octubre de 2023 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegados sus pedidos de información en aplicación al silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 003651-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos.
Con fecha 17 de febrero de 2023, el recurrente a través de tres (3) solicitudes, requirió a la entidad copia simple de la siguiente información:
Expediente N° 6869-2023
“Documentación en donde se consigne si para el año 2020 la MDSJM, adquirió 01 Dron bajo alguna modalidad de contratación”.
Expediente N° 6875-2023
“La documentación referente a la no suscripción del contrato y/o proceso de selección: comparación de precios N° 001-2020-SGAYCP-MDSJM-1, para la “Adquisición de botas de cuerpo tipo zapatilla con punta de acero para el personal de la Subgerencia de limpieza pública y gestión de residuos solidos y subgerencia de ornato y áreas verdes” del periodo 2020”.
Expediente N° 6904-2023
“La documentación en donde se consigne si para el año 2020 y 2021 en la MDSJM, los trabajadores bajo la modalidad de contratación locador de servicios se rigen a un horario de trabajo”.
Solicitudes que con fecha 2 de agosto fueron reiteradas ante la entidad.
Con fecha 7 de octubre de 2023 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegados sus pedidos de información en aplicación al silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 003651-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala