Resolución N.° 003120-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

25 de octubre de 2023

VISTO el Expediente de Apelación N° 03336-2023-JUS/TTAIP de fecha 02 de octubre de 2023, interpuesto por ALEXANDRA FIORELLA DÍAZ LAZO contra el OFICIO N° 2367-2023-MTC/04.02 de fecha 22 de setiembre de 2023, mediante el cual el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 21 de setiembre de 2023.
Con fecha 21 de setiembre de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente requirió se le remita en copia simple la siguiente información:
“CARTAS GL-283-2019 Y GL-2148-2020, ASÍ COMO SUS RESPECTIVOS ANEXOS. CABE PRECISAR QUE DICHAS CARTAS FUERON REMITIDAS POR LA EMPRESA GILAT NETWORKS PERU S.A.”
Mediante el OFICIO N° 2367-2023-MTC/04.02 de fecha 22 de setiembre de 2023, la entidad dio respuesta a la solicitud de información, en el cual señala lo siguiente:
“(…) Al respecto, la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con fecha 22 de setiembre de 2023, remitió la información solicitada, la cual, adjunto al presente documento.
En ese sentido, de conformidad con lo señalado en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, damos por atendido su requerimiento dentro de la política de transparencia que caracteriza a nuestra institución.”
Con fecha 02 de octubre de 2023, la recurrente presentó su recurso de apelación, indicando lo siguiente:
“(…)
Por lo tanto, no estando de acuerdo con dicha decisión, y en atención a mi derecho de acceso a la información pública, interpongo recurso de apelación contra la negativa del JNE dentro del plazo legal establecido en el TUO de la Ley de Transparencia 1 y solicitó atentamente que eleve este recurso y los actuados del expediente al Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a fin de que por favor se me remita la totalidad de la información requerida, que son los anexos de las Cartas GL-283-2019 y GL-2148-2020.
(…)
Mediante la Resolución N° 002926-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos; los cuales fueron remitidos a esta instancia el 25 de octubre de 2023, mediante OFICIO N° 2801-2023-MTC/04.02.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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