Resolución N.° 003524-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
24 de noviembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación Nº 03795-2023-JUS/TTAIP de fecha 31 de octubre de 2023, interpuesto por NEYRA SOLEDAD LARA ESPINOZA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de las solicitudes de acceso a la información pública presentadas ante la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE TULIN con Expedientes N° 0170 y N° 0171, ambas de fecha 18 de julio de 2023.
Con fecha 18 de julio de 2023, a través del Expediente N° 0170, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó la siguiente información:
“a) Contratos vigentes del personal contratado.
b) Informes de ingresos y egresos de Enero hasta el mes de Junio del 2023.
c) Informe de pago de planillas, es-salud de los trabajadores contratados y permanentes.
En la misma fecha, a través del Expediente N° 0171, la recurrente además solicitó “(…) los documentos que sustentan la información del balance de la gestión anterior dada en la audiencia que fue el 31 de mayo del presente año”.
Con fecha 31 de octubre de 2023, al no recibir respuesta de la entidad, la recurrente consideró denegada sus solicitudes en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución 003330-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales fueron presentados con escrito s/n de fecha 23 de noviembre de 2023, a través del cual brindó los siguientes argumentos de descargo:
“(…)
1.- Que, efectivamente la Sra. Neyra Soledad Lara Espinoza, con fecha 18 de Julio del presente año, presentó dos (2) solicitudes a la Municipalidad del Centro Poblado de Tulin, sobre acceso a la información pública, solicitando en el Exp. 0170, la siguiente información: a) Contratos vigentes del personal contratado; b) Informe de ingresos y egresos de Enero hasta el mes de Junio del 2023; y c) Informe de Pago Planillas, es-salud de los trabajadores contratados y permanentes.
2.- Asimismo, mediante Exp. 0171, solicitó copias de los documentos que sustentan la información del balance de la gestión anterior dada en la audiencia pública que fue el 31 de mayo del presente año.
3.- Es el caso señores miembros del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que la Sra. Neyra Soledad Lara Espinoza es regidora de la entidad que represento, y tiene conocimiento de la documentación que solicitó, la misma que se le proporcionó para que la revisara como regidora, teniendo la facultad de solicitarla en cualquier Sesión de Consejo, por lo que nos extrañó su actitud al presentar solicitudes como lo hace cualquier administrado, cuando ella como regidora tiene la facultad de fiscalizar a la Municipalidad del Centro Poblado de Tulin, por lo que por descuido y desinterés de la misma, no se le proporcionó las copias de la documentación que solicitó.
4.- Por los motivos expuestos, señores miembros del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dando cumplimiento al requerimiento que realizan a la Municipalidad del Centro Poblado de Tulin, mediante Resolución 003330-2032-JUS/TTAIP- PRIMERA SALA, cumplimos con remitir el expediente administrativo generado para la atención de las dos (2) solicitudes de acceso a la información pública presentada por la Sra. Neyra Soledad Lara Espinoza; así como de las copias de la documentación que solicita.
ANEXO:
(…)
1-C Copia de la documentación solicitada por la REGIDORA NEYRA SOLEDAD LARA ESPINOZA, siguiente:
a) Contratos vigentes del personal contratado.
b) Informe de ingresos y egresos de Enero hasta el mes de Junio del 2023.
c) Informe de Pago Planillas, es-salud de los trabajadores contratados y permanentes.
d) Copias de los documentos que sustentan la información del balance de la gestión anterior dada en la audiencia pública que fue el 31 de mayo del presente año.
(…)”.
Con fecha 18 de julio de 2023, a través del Expediente N° 0170, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó la siguiente información:
“a) Contratos vigentes del personal contratado.
b) Informes de ingresos y egresos de Enero hasta el mes de Junio del 2023.
c) Informe de pago de planillas, es-salud de los trabajadores contratados y permanentes.
En la misma fecha, a través del Expediente N° 0171, la recurrente además solicitó “(…) los documentos que sustentan la información del balance de la gestión anterior dada en la audiencia que fue el 31 de mayo del presente año”.
Con fecha 31 de octubre de 2023, al no recibir respuesta de la entidad, la recurrente consideró denegada sus solicitudes en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución 003330-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales fueron presentados con escrito s/n de fecha 23 de noviembre de 2023, a través del cual brindó los siguientes argumentos de descargo:
“(…)
1.- Que, efectivamente la Sra. Neyra Soledad Lara Espinoza, con fecha 18 de Julio del presente año, presentó dos (2) solicitudes a la Municipalidad del Centro Poblado de Tulin, sobre acceso a la información pública, solicitando en el Exp. 0170, la siguiente información: a) Contratos vigentes del personal contratado; b) Informe de ingresos y egresos de Enero hasta el mes de Junio del 2023; y c) Informe de Pago Planillas, es-salud de los trabajadores contratados y permanentes.
2.- Asimismo, mediante Exp. 0171, solicitó copias de los documentos que sustentan la información del balance de la gestión anterior dada en la audiencia pública que fue el 31 de mayo del presente año.
3.- Es el caso señores miembros del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que la Sra. Neyra Soledad Lara Espinoza es regidora de la entidad que represento, y tiene conocimiento de la documentación que solicitó, la misma que se le proporcionó para que la revisara como regidora, teniendo la facultad de solicitarla en cualquier Sesión de Consejo, por lo que nos extrañó su actitud al presentar solicitudes como lo hace cualquier administrado, cuando ella como regidora tiene la facultad de fiscalizar a la Municipalidad del Centro Poblado de Tulin, por lo que por descuido y desinterés de la misma, no se le proporcionó las copias de la documentación que solicitó.
4.- Por los motivos expuestos, señores miembros del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dando cumplimiento al requerimiento que realizan a la Municipalidad del Centro Poblado de Tulin, mediante Resolución 003330-2032-JUS/TTAIP- PRIMERA SALA, cumplimos con remitir el expediente administrativo generado para la atención de las dos (2) solicitudes de acceso a la información pública presentada por la Sra. Neyra Soledad Lara Espinoza; así como de las copias de la documentación que solicita.
ANEXO:
(…)
1-C Copia de la documentación solicitada por la REGIDORA NEYRA SOLEDAD LARA ESPINOZA, siguiente:
a) Contratos vigentes del personal contratado.
b) Informe de ingresos y egresos de Enero hasta el mes de Junio del 2023.
c) Informe de Pago Planillas, es-salud de los trabajadores contratados y permanentes.
d) Copias de los documentos que sustentan la información del balance de la gestión anterior dada en la audiencia pública que fue el 31 de mayo del presente año.
(…)”.
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