Resolución N.° 003131-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

26 de octubre de 2023

VISTO el Expediente de Apelación N° 03144-2023-JUS/TTAIP de fecha 18 de setiembre de 2023, interpuesto por HÉCTOR WILFREDO MONTOYA SÁNCHEZ, contra el correo electrónico del 15 de setiembre de 2023, mediante el cual la UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS dio respuesta a su solicitud de acceso a la información pública de fecha 4 de setiembre de 2023.
Con fecha 4 de setiembre de 2023 el recurrente solicitó a la entidad remita por correo electrónico lo siguiente:
“1) Copia digital de la relación de locadores de servicios (terceros) contratados por la Facultad de Ciencias Sociales entre enero y agosto de 2023.
2) Copia digital del contrato de locación de servicios suscrito por la Facultad de Ciencias Sociales con el señor Luis Alberto Talancha Talancha por los meses de julio a setiembre de 2023”.
Mediante el correo electrónico del 15 de setiembre de 2023, la entidad notifico la CARTA N° 000135-2023-OTAIP-OGAL/UNMSM dando respuesta al recurrente, en la cual señala:
“(…) Al respecto, la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, con Oficio N° 000905-2023-D-FCCSS/UNMSM de fecha 15.09.2023, remite información sobre lo requerido, que enviamos a su correo electrónico xxxxxxxx.”; asimismo en el referido Oficio N° 000905-2023-D-FCCSS/UNMSM de fecha 15.09.2023, se señala: “Es grato dirigirme a usted, para hacerle llegar mi cordial saludo y en atención al Oficio N° 000277-2023-OTAIP-OGAL/UNMSM, conforme a lo requerido cumplo con remitir la información solicitada por su Despacho según el siguiente detalle:
1. Relación de personas con quienes la Facultad de Ciencias Sociales ha suscrito contrato de locación de servicios entre enero y agosto de 2023, de acuerdo con lo informado por USGOM.
2. Respecto del contrato de locación de servicios suscrito por la Facultad de Ciencias Sociales con el señor Luis Alberto Talancha Talancha por los meses de julio a setiembre de 2023, USGOM informa que por ese periodo el señor Talancha “no cuenta con contrato de locación”.
Con fecha 18 de setiembre de 2023, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar que: “2. La Oficina de Transparencia y Acceso a la Información remitió el oficio N° 000277-2023-OTAIP- OGAL/UNMSM del 5 de setiembre de 2023, requiriendo a la Facultad de Ciencias Sociales UNMSM las copias digitales señaladas en los puntos 1 y 2 de mi solicitud. Sin embargo, dicha facultad remitió una relación incompleta de los locadores de servicios señalada en el punto 1 de mi solicitud, pues esa relación no incluye a los docentes contratados por locación de servicios, por tanto, considero que se ha vulnerado mi derecho de acceso a la información. De igual forma, tampoco se remitió documento alguno sobre el punto 2 de mi solicitud.
3. Esa información incompleta me fue remitida por la Oficina de Transparencia y Acceso a la Información UNMSM, mediante correo electrónico del 15 de setiembre de 2023, que anexó la carta Nº 000135-2023-OTAIP-OGAL/UNMSM y la relación incompleta de locadores en pdf.
4. Esa acción resulta injustificable, porque la información que se ha omitido entregarme no tiene la condición de reservada o confidencial, por tanto, debió ser entregada dentro del plazo fijado por ley.”
Mediante la Resolución 002944-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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