Resolución N.° 004135-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

20 de noviembre de 2023

VISTO el Expediente de Apelación Nº 03647-2023-JUS/TTAIP de fecha 24 de octubre de 2023, interpuesto por SANTOS FABIAN TUMBAJULCA QUISPE contra el Oficio N° 070-2023-CAFAE-BNP de fecha 18 de octubre de 2023, mediante el cual la BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ, atendió su solicitud de acceso a la información pública de fecha 6 de octubre de 2023, registrado con Expediente N° 2023-010669.
Con fecha 6 de octubre de 2023, el recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico lo siguiente:
“Los documentos de gestión del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de los Trabajadores de la Bliblioteca Nacional del Perú (CAFAE-BNP), como:
“1. Reglamento Interno o estatutos vigentes.
2. Plan de trabajo y estados financieros desde los años 2018 a la fecha.
3. Informe de Gestión por entrega del cargo desde el año 2018 a la fecha dirigido a la Jefatura Institucional.
4. Actas de acuerdo de los años 2018 a la fecha
5. Informe Técnico N° 00064-2021-BNP-GG-OA-ERH de fecha 11 de mayo de 2021.
6. Informe Técnico N° 00005-2023-BNP-GG-OA-ERH de fecha 16 de enero de 2023.”
Mediante correo electrónico de fecha 18 de octubre de 2023, la entidad remitió al recurrente en archivo pdf el Informe Técnico N° 00064-2021-BNP-GG-OA-ERH y el Informe Técnico N° 00005-2023-BNP-GG-OA-ERH, así como el Oficio N° 070-2023-CAFAE-BNP de fecha 18 de octubre de 2023 emitido por el CAFAE – BNP, el cual señaló:
“Al respecto, comunicado usted que, el CAFAE-BNP por el régimen al que pertenece, no está obligado a responder las solicitudes que nos envías a través del Módulo de Transparencia, Acceso a la Información Pública de la Biblioteca Nacional del Perú. Dejamos constancia que, siendo una entidad privada, el canal para recepcionar solicitudes es (…)”.
Con fecha 23 de octubre de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis contra la referida comunicación alegando que la entidad no entregó la información que cuenta en sus archivos, pese a que especificó que quien debía atender su pedido era la Jefatura Institucional.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003784-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 26 de octubre de 2023, notificada a la entidad el 13 de noviembre del mismo año, esta instancia le solicitó la remisión del expediente administrativo respectivo y la formulación de sus descargos.
Mediante el OFICIO N° 000011-2023-BNP-GG-REIP recibido por esta instancia en fecha 15 de noviembre de 2023, la entidad remitió el expediente administrativo solicitado, sin formular descargos.
También se observa el OFICIO N° 000007-2023-BNP-GG-REIP de fecha 10 de octubre de 2023 emitido por la entidad y dirigido a CAFAE-BNP, que encauza la solicitud de información respecto de los cuatro primeros ítems de la solicitud.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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