Resolución N.° 004305-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
30 de noviembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación Nº 03970-2023-JUS/TTAIP de fecha 13 de noviembre de 2023, interpuesto por MARIAN FIGUEROA ARELLANO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo a su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, con fecha 25 de octubre de 2023, registrada con Trámite N° 00162662.
Con fecha 25 de octubre de 2023, la recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico, la siguiente información:
“Brindarnos detalladamente el presupuesto asignado para el pago dispuesto por el laudo arbitral con número de expediente arbitral 009-2018-CEAR LATINOAMERICANO. Referencia: Contrato N° 277-2017-VIVIENDA-OGAUE. 001, el cual refiere a la “Contratación de Servicio de lotes donde serán instalados los módulos temporales de Vivienda Tipo MTV-2 SIERRA2”
Con fecha 13 de noviembre de 2023, al no recibir respuesta de la entidad, la recurrente consideró denegadas sus solicitudes en aplicación del silencio administrativo negativo e interpuso el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 04104-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 25 de octubre de 2023, la recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico, la siguiente información:
“Brindarnos detalladamente el presupuesto asignado para el pago dispuesto por el laudo arbitral con número de expediente arbitral 009-2018-CEAR LATINOAMERICANO. Referencia: Contrato N° 277-2017-VIVIENDA-OGAUE. 001, el cual refiere a la “Contratación de Servicio de lotes donde serán instalados los módulos temporales de Vivienda Tipo MTV-2 SIERRA2”
Con fecha 13 de noviembre de 2023, al no recibir respuesta de la entidad, la recurrente consideró denegadas sus solicitudes en aplicación del silencio administrativo negativo e interpuso el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 04104-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala