Resolución N.° 004231-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

23 de noviembre de 2023

VISTO el Expediente de Apelación Nº 03862-2023-JUS/TTAIP de fecha 6 de noviembre de 2023, interpuesto por MIGUEL ÁNGEL NEPTALI CORPUS TOMÁS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo a su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA, con fecha 21 de julio de 2023, registrada con Expediente N° 20230007998.
Con fecha 21 de julio de 2023, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“Copia de los archivos Excel y/o PDF sustentos de la emisión inicial 2023, y de las estadísticas tributarias del SISREPRE, de la meta del indicador 2.1 del tramo I del compromiso 2 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal 2023, de la Municipalidad Distrital de Mala con Ubigeo 1505 remitido a la DGPIP al correo sustento-RA@mef.gob.pe cumpliendo con las fichas técnicas del Anexo II de los Procedimientos para el cumplimiento del programa de incentivos a la mejora de la gestión municipal del año 2023 aprobado por D.S. N° 095-2023-EF”.
Con fecha 6 de noviembre de 2023, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo e interpuso el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 04010-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Mediante el Oficio N°450-2023-SG-MDM, ingresado a esta instancia el 20 de noviembre de 2023, la entidad formuló sus descargos, señalando:
“(…)
Ante lo expuesto, mediante Informe N° 772-2023-SG-MDM. de fecha 24 de julio del presente año, se solicitó a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas que, en el plazo de 48 horas, remita la información correspondiente;
Que, mediante Oficio Nº 004860-2023-SP-CSJCN-PJ, de fecha 12 de octubre de 2023, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia, requiere que, se informe documentadamente respecto a la solicitud presentado por el señor Miguel Angel Neptalí Corpus Tomas, toda vez que, se recibió la denuncia sobre acto contrario a la Ley del Código de Ética de la Función Pública o vinculado a otros actos de corrupción.
Que, mediante el Memorándum N° 240 2023-SG-MDM, de fecha 13 de octubre del 2023, se solicitó a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas que, remita la información solicitada, a fin de dar cuenta al órgano del Estado mencionado en el párrafo anterior;
Que, mediante el Informe N° 428-2023-AIR-MOM de fecha 16 de octubre del 2023, la Gerencia de Administración tributaria y Rentas, indica que se realizó varias depuraciones de la información tributaria de los contribuyentes debido a que se han presentado varios inconvenientes con la data, tanto para la emisión de Arbitrios Municipales y el Impuesto Predial del Ejercicio 2023, es por ello que, se ha comunicado en reiteradas veces las falencias encontradas con el fin de poder realizar la depuración correcta que ha servido para poder determinar la emisión inicial 2023, la cual ha sido debidamente sustentada ante el Ministerio de Economía y Finanzas para el cumplimiento del Indicador 1, además de proseguir con el Estudio Análisis y Evaluación Legal de Procedimiento Administrativos de la Gerencia, para la cual se ha contratado una auditoria;
Que mediante el Oficio 404-2023-5G-MOM. de fecha 17 de octubre del 2023, la Secretaría General, cumple con entrega la Información respectiva, por lo que se da por cumplido dicha petición;
En ese sentido, la presente Gerencia de Secretaría General cumple con dar cuenta de todo el expediente administrativa creado desde el ingreso de la solicitud del administrado Miquel Angel Neptali Corpus Tomás”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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