Resolución N.° 004186-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

22 de noviembre de 2023

VISTO el Expediente de Apelación Nº 03847-2023-JUS/TTAIP de fecha 6 de noviembre de 2023, interpuesto por CINTHIA VANESSA POLICARPO ESPINOZA contra la Carta N° D000079-2023-DRE/FRAI notificada el 13 de octubre de 20231, mediante la cual la DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DEL CALLAO, atendió su solicitud de acceso a la información pública de fecha 27 de setiembre de 2023, registrado con Expediente N° 2023-0043689.
Con fecha 27 de setiembre de 2023, la recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico lo siguiente:
“Presidenta del comité de vigilancia EBE CALLAO habiéndose cumplido los plazos vencidos a la presentación de documento de reporte de incidencias respecto al proceso del concurso de ingreso a la CPM 2022 con expediente de ingreso N° 40696 de fecha 04 de septiembre del 2023 sin respuesta alguna, plazo suficiente para que usted haya informado sobre las incidencias al comité de evaluación y las acciones que han tomado sobre dichas incidencias toda vez que su función como comité de vigilancia es velar por la transparencia del proceso del concurso de ingreso a la carrera pública magisterial 2022 por ello solicito copia de lo siguiente:
1.- Informe de las incidencias reportado al comité de evaluación 1 EBE CALLAO -SEDE DREC.
2.- Respuestas dadas por el comité de evaluación 1 EBE CALLAO -SEDE DREC al respecto de las incidencias presentadas.
3.- Reporte del comité de vigilancia a las instancias superiores respecto a la presentación de las incidencias.”
Mediante la Carta N° D000079-2023-DRE/FRAI notificada el 13 de octubre de 2023 la entidad trasladó el MEMORANDO N° D000497-2023-DREC/DGI de fecha 12 de octubre de 2023 que refiere:
“(…) esta Dirección, señala que mediante el inciso d) del artículo 10° del DECRETO SUPREMO N° 072-2023-PCM (…), establece en el inciso “d” Expresión concreta y precisa del pedido de información, así como cualquier otro dato (…), por lo que se le solicita otorgar precisión en su pedido y/o medios probatorios idóneos para su atención correspondiente.”
Con fecha 5 de noviembre de 2023, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis contra la referida comunicación exigiendo lo solicitado.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003973-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 8 de noviembre de 2023, notificada a la entidad el 14 de noviembre del mismo año, esta instancia le solicitó la remisión del expediente administrativo respectivo y la formulación de sus descargos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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