Resolución N.° 004157-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

20 de noviembre de 2023

VISTO el Expediente de Apelación Nº 03677-2023-JUS/TTAIP de fecha 24 de octubre de 2023, interpuesto por CONSORCIO RÍO BRANCO S.A.C., representado por
Gerardo Alonso Chumpitaz Morales, contra la denegatoria por silencio administrativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZÚL, con fecha 6 de octubre de 2023, registrada con Expediente 5815-2023.
Con fecha 6 de octubre de 2023, la empresa recurrente requirió a la entidad en copia simple a su correo electrónico de la siguiente información:
“1. Código del predio (tributos) de la unidad catastral N° 10280, ahora U.C- 00182 denominado “paguatodo”, distrito de Cerros Azul, Cañete.
2. Código del predio (tributos) de la propiedad registrada en la Partida Registral N° 90036408 del Registro de Propiedad Inmueble SUNARP – Cañete”.
Con fecha 24 de octubre de 2023, el recurrente presentó recurso de apelación, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación al silencio administrativo negativo.
A través de la Resolución N° 003837-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente y la formulación de sus descargos.
Mediante el Oficio N° 007-2023-MDCA/RT, ingresado a esta instancia el 15 de noviembre de 2023, la entidad remitió el expediente generado para la tramitación de la solicitud del recurrente y formuló sus descargos, manifestando:
“ (…)
El presente tiene por finalidad que, estando a la Cédula de notificación N°14365 2023- JUS/TTAIP ingresado con Expediente N°6550 2023 de fecha 14 de noviembre del 2023, del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública donde se notifica la Resolución N°003837-2023-JUSITTAIP SEGUNDA SALA de fecha 30 de octubre del 2023, recaído en el Expediente de Apelación N103677-2023 JUS/TAIP la cual admito a trámite el recurso de apelación interpuesto por el Consorcio Río Branco S.A.C
Se indica, el articulo 2- Requerir a la Municipalidad Distrital de Carro azul que, en un plazo de 4 días hábiles, proceda remitir el expediente administrativo generado
para la atención de la solicitud de acceso a la información pública presentado por el CONSORCIO RIO BRANCO S.A.C., y formule los descargos correspondientes de ser el caso.
En ese sentido, remito copia del Expediente N° 5815-2023 (desde el Folio 16 al 44), e informar mediante CARTA N°147-2023-MDCA RT, con fecha 15 de noviembre del 2023, se notificó por correo electrónico al Consorcio Rio Branco S.A.C.”

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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