Resolución N.° 003590-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

12 de octubre de 2023

VISTO el Expediente de Apelación N° 03079-2023-JUS/TTAIP de fecha 12 de septiembre de 2023, interpuesto por JOSÉ CIRILO FLORES QUILLE contra la Carta N° 001422-2023-JUS-OILC-TAI de fecha 05 de septiembre de 2023, Carta N° 001427-2023-JUS-OILC-TAI de fecha 06 de septiembre de 2023 y Carta N° 001431-2023-JUS-OILC-TAI de fecha 06 de septiembre de 2023, mediante las cuales el CONSEJO DE NOTARIADO - MINJUSDH atendió las solicitudes de acceso a la información pública de fechas 21 de agosto de 2023, con código 0000385346-2023MSC, 23 de agosto de 2023, con código 000385346-2023MSC y 28 de agosto de 2023, con código 000393523-2023MSC.
Con fechas 21 de agosto de 2023, 23 de agosto de 2023 y 28 de agosto de 2023, el recurrente solicitó a la entidad le proporcione la siguiente información:
Respecto de la solicitud de fecha 21 de agosto de 2023
“1. La grabación en audio y video del examen oral de todos los participantes en el concurso público de acceso a la función notarial en los distritos de Piura y Tumbes, así como de Arequipa, llevados a cabo dentro del marco de los concursos denominados Concurso Público de Méritos para el ingreso a la Función Notarial – Piura y Tumbes (Concurso N° 001-2022-CNPYT) y Concurso Público de Méritos para el ingreso al Notariado – Arequipa (Concurso N° 001-2021), respectivamente.
2.- La copia certificada del acta, acuerdo, resolución o cualquier otro documento donde conste la calificación de cada uno de los postulantes en los referidos concursos, obtenidos en el examen oral, así como el acta de proclamación de resultados y acta de adjudicación de plazas.
3.- La copia certificada del acta o documento, donde conste la calificación asignada por cada uno de los miembros del jurado al examen oral de todos los participantes en dichos concursos, así como las notas obtenidas en cada una de las etapas con los respectivos pesos.”
Respecto de la solicitud de fecha 23 de agosto de 2023
1.-La copia certificada del acta, acuerdo, resolución, formato o cualquier documento donde conste por escrito la rúbrica de evaluación de mi examen oral llevado a cabo el día 15/08/2023 en el marco del concurso antes mencionado, con mención expresa de la calificación realizada por cada miembro del Jurado Calificador.
2.-La copia certificada del acta, acuerdo, resolución, formato o cualquier documento donde conste por escrito la rúbrica de evaluación del examen oral de los seis postulantes declarados aptos y aprobados, llevados a cabo el día 15/08/2023 en el marco del concurso antes mencionado, con mención expresa para cada caso, de la calificación realizada por cada miembro del Jurado Calificador.
(…)
Otrosí digo: En el caso que no se cuente con las rúbricas de evaluación solicitadas, pido que se me expida una constancia o certificado en el sentido que no se cuenta con dicho instrumento de evaluación.
Respecto de la solicitud de fecha 28 de agosto de 2023
1.- La copia fedateada de las actas donde conste la aprobación del resultado del examen escrito y el examen oral, con indicación de la nota alcanzada por los once postulantes aprobados.
2.- La copia fedateada del acta, resolución, acuerdo o cualquier otro documento donde conste la rúbrica de evaluación por cada uno de los miembros del Jurado Calificador y respecto a los once postulantes que participaron en el examen oral.
3.- La copia fedateada del documento normativo (resolución, directiva, protocolo, acuerdo, etc) donde conste el procedimiento que debe observar el Jurado Calificador y cada uno de sus miembros para aprobar o desaprobar a los participantes en el examen oral.
4.- En caso de no contar con los instrumentos descritos en el punto anterior, que se me expida una constancia, certificado, informe escrito o cualquier otro documento donde conste que no se cuenta con dicha herramienta de evaluación y que la calificación de los postulantes queda a discreción de los miembros del Jurado Calificador.
(…).

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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