Resolución N.° 004049-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
14 de noviembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 03585-2023-JUS/TTAIP de fecha 18 de octubre de 2023, interpuesto por JORGE ARMANDO CUTIRE LA TORRE contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ – DIRREHUM PNP de fecha 14 de septiembre de 2023, con hoja de trámite N° 20231647046.
De acuerdo a lo mencionado por el recurrente, con fecha 14 de septiembre de 2023, requirió a la entidad le remita la siguiente información:
“(…), ya que, con fecha 14SEP2023 ingresamos nuestra solicitud por mesa de partes virtual de la Policía Nacional del Perú dirigida al área de la DIRREHUM solicitando copias del íntegro del expediente administrativo sancionador, hasta la fecha no recibo respuesta, excediéndose en el plazo, que son 10 días de acuerdo al TUPA”.
Con fecha 18 de octubre de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 003832-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de emisión de la presente resolución, no se han presentado.
De acuerdo a lo mencionado por el recurrente, con fecha 14 de septiembre de 2023, requirió a la entidad le remita la siguiente información:
“(…), ya que, con fecha 14SEP2023 ingresamos nuestra solicitud por mesa de partes virtual de la Policía Nacional del Perú dirigida al área de la DIRREHUM solicitando copias del íntegro del expediente administrativo sancionador, hasta la fecha no recibo respuesta, excediéndose en el plazo, que son 10 días de acuerdo al TUPA”.
Con fecha 18 de octubre de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 003832-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de emisión de la presente resolución, no se han presentado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala