Resolución N.° 004025-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

13 de noviembre de 2023

VISTO el Expediente de Apelación N° 03486-2023-JUS/TTAIP de fecha 12 de octubre de 2023, interpuesto por RAFAEL ENRIQUE CASTRO YSIDRO, contra la respuesta contenida en la CARTA N° 004900-2023-MTPE/4.3.99 de fecha 11 de octubre de 2023, a través del cual el MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 26 de setiembre de 2023.
Con fecha 26 de setiembre de 2023, el recurrente solicitó la remisión por correo electrónico de la copia de la siguiente información:
“copia de solicitud escrita o electrónica de carne retcc registro trabajadores construcción civil solicitado e| 15/11/2022 y aprobade el 18/11/2022 con registro
v0007 1939 así como del carne emitido.” (sic)
Mediante la CARTA N° 004900-2023-MTPE/4.3.99 de fecha 11 de octubre de 2023, el Funcionario Responsable de Acceso a la Información Pública de la entidad atendió la solicitud en los siguientes términos:
“(…)
Al respecto, el Subdirector de la Subdirección de Registros Generales a través del instrumento de la referencia b) [HOJA DE ELEVACIÓN N° 001864-2023- MTPE/1/20.23], ha señalado que “...realizado la búsqueda en el sistema del Registro de Trabajadores de Construcción Civil-RETCC, podemos advertir que, el
registro se encuentra habilitado con fecha de inicio 15/11/2022 y fecha final el 15/11/2024 y la inscripción no se ha llevado a cabo dentro del ámbito de la jurisdicción de Lima Metropolitana, sino que ha sido registrado en la Oficina Zonal de Trabajo y Promoción del Empleo de Bagua...", agregando además que “...todo tramite de inscripción virtual se realizan de acuerdo al protocolo establecido y la entrega del carnet RETCC es de manera presencial, por lo que ...solicite directamente a la sede que eligió voluntariamente...
(…)” (sic)
Con fecha 12 de octubre de 2023, el recurrente presentó su recurso de apelación ante esta instancia solicitando se ordene a la entidad “(…) reencause hacia la entidad obligada a poseer la información (…)”.
Mediante la Resolución N° 003797-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 27 de octubre de 2023, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos. Frente a ello, con fecha 9 de noviembre de 2023, el Jefe (e) de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria de la entidad presentó ante esta instancia el OFICIO N° 00048-2023-MTPE/4.32, a través del cual elevó el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud señalando que rencausó la misma la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Amazonas. Para acreditar tal señalamiento adjuntó – entre otros – los siguientes documentos:
• OFICIO N° 000230-2023-MTPE/4.3.99, de fecha 8 de noviembre de 2023, mediante el cual la entidad se dirige al Responsable de Acceso a la Información Pública Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Amazonas, comunicándole el reencause de la solicitud del presente procedimiento para ser
atendido directamente por esta última, cabe advertir que dicho documento cuenta con sello de recepción de fecha 8 de noviembre de 2023.
• CARTA N° 005351-2023-MTPE/4.3.99, remitida al recurrente mediante correo electrónico de fecha 8 de noviembre de 2023, a través de cual se adjuntó OFICIO
N° 000230-2023-MTPE/4.3.99 y su respectivo cargo de recepción de fecha 8 de noviembre de 2023. Asimismo, se adjuntó acuse de recepción expresa por parte del recurrente de fecha 8 de noviembre de 2023, señalando: “Recibo, gracias!”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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