Resolución N.° 004012-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
13 de noviembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 03503-2023-JUS/TTAIP de fecha 12 de octubre de 2023, interpuesto por REYNA RODAS HUARACA contra el Oficio N° 031-2023- HOSPITAL-R.E.P-ADM-CPC de fecha 03 de octubre de 2023, mediante el cual el HOSPITAL ROMÁN EGOAVIL PANDO atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 25 de setiembre de 2023.
Con fecha 25 de setiembre de 2023, la recurrente solicitó a la entidad que le brinde lo siguiente:
“1. MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF) DEL HOSPITAL “ROMÁN EGOAVIL PANDO”.
2. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL HOSPITAL “ROMÁN EGOAVIL PANDO”.
3. REGLAMENTO INTERNO DEL PERSONAL (RI) DEL HOSPITAL “ROMÁN EGOAVIL PANDO”.
Mediante el Oficio N° 031-2023- HOSPITAL-R.E.P-ADM-CPC de fecha 03 de octubre de 2023 la entidad indicó:
“Se informa que el Hospital es un órgano desconcentrado de la Red de Salud Oxapampa, así que nos basamos a sus instrumentos de Gestión.
Ya que son documentos públicos se le solicita entrar al portal https://www.risoxampampa.gob.pe/ y https://diresapasco. gob.pe/portal, que son de transparencia y se ajusta a su petición.”
Con fecha 12 de octubre de 2023, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis contra la referida comunicación exigiendo lo solicitado.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003692-2023/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 20 de octubre de 2023, notificada a la entidad en fecha 3 de noviembre de 2023, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.
Mediante el OFICIO N° 1071-2023-DE-H-“REP”-VR recibido por esta instancia en fecha 13 de noviembre de 2023, la entidad trasladó el Informe N° 008-2023-A.L. “R.E.P.” VR que refiere:
- Sí se atendió el pedido de la recurrente mediante el Oficio N° 031-2023- HOSPITAL-R.E.P-ADM-CPC de fecha 03 de octubre de 2023 al brindarle links web para que descargue lo requerido.
- Conforme al Informe N° 097-2023-RR.HH.H. “R.E.P.” VILLA RICA de fecha 3 de octubre de 2023, se remite el Reglamento de Organización y Funciones donde se ve que el servicio de enfermería es un órgano de línea.
- Conforme al Informe N° 097-2023-RR.HH.H. “R.E.P.” VILLA RICA de fecha 3 de octubre de 2023, se remite el Instrumento Manual de Organización y Funciones, lo concerniente al servicio técnico de enfermería, donde se visualiza las funciones específicas.
- No cuenta con el Reglamento Interno de Trabajo “toda vez que dicha propuesta fue elevada a la Red de Salud mediante oficio N° 697-2023-DE-H-“REP”-VR para su evaluación y aprobación”.
Además consta en autos la CARTA N° 130-2023-DE-H-“REP”-VR de fecha 13 de octubre de 2032, emitida por la entidad y dirigida a la recurrente, que señala: “se hace llegar para su conocimiento y atención según corresponda el Informe Nro. 97-2023-RR-HH-H-“R.E.P.” VILLARICA; información que contiene el Manual de Organización y Funciones (05 folios) y el Reglamento de Organización y Funciones (43 folios). Asimismo, se observa que dicha carta fue firmada por la recurrente con fecha 13 de octubre de 2023.
Con fecha 25 de setiembre de 2023, la recurrente solicitó a la entidad que le brinde lo siguiente:
“1. MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF) DEL HOSPITAL “ROMÁN EGOAVIL PANDO”.
2. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL HOSPITAL “ROMÁN EGOAVIL PANDO”.
3. REGLAMENTO INTERNO DEL PERSONAL (RI) DEL HOSPITAL “ROMÁN EGOAVIL PANDO”.
Mediante el Oficio N° 031-2023- HOSPITAL-R.E.P-ADM-CPC de fecha 03 de octubre de 2023 la entidad indicó:
“Se informa que el Hospital es un órgano desconcentrado de la Red de Salud Oxapampa, así que nos basamos a sus instrumentos de Gestión.
Ya que son documentos públicos se le solicita entrar al portal https://www.risoxampampa.gob.pe/ y https://diresapasco. gob.pe/portal, que son de transparencia y se ajusta a su petición.”
Con fecha 12 de octubre de 2023, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis contra la referida comunicación exigiendo lo solicitado.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003692-2023/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 20 de octubre de 2023, notificada a la entidad en fecha 3 de noviembre de 2023, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.
Mediante el OFICIO N° 1071-2023-DE-H-“REP”-VR recibido por esta instancia en fecha 13 de noviembre de 2023, la entidad trasladó el Informe N° 008-2023-A.L. “R.E.P.” VR que refiere:
- Sí se atendió el pedido de la recurrente mediante el Oficio N° 031-2023- HOSPITAL-R.E.P-ADM-CPC de fecha 03 de octubre de 2023 al brindarle links web para que descargue lo requerido.
- Conforme al Informe N° 097-2023-RR.HH.H. “R.E.P.” VILLA RICA de fecha 3 de octubre de 2023, se remite el Reglamento de Organización y Funciones donde se ve que el servicio de enfermería es un órgano de línea.
- Conforme al Informe N° 097-2023-RR.HH.H. “R.E.P.” VILLA RICA de fecha 3 de octubre de 2023, se remite el Instrumento Manual de Organización y Funciones, lo concerniente al servicio técnico de enfermería, donde se visualiza las funciones específicas.
- No cuenta con el Reglamento Interno de Trabajo “toda vez que dicha propuesta fue elevada a la Red de Salud mediante oficio N° 697-2023-DE-H-“REP”-VR para su evaluación y aprobación”.
Además consta en autos la CARTA N° 130-2023-DE-H-“REP”-VR de fecha 13 de octubre de 2032, emitida por la entidad y dirigida a la recurrente, que señala: “se hace llegar para su conocimiento y atención según corresponda el Informe Nro. 97-2023-RR-HH-H-“R.E.P.” VILLARICA; información que contiene el Manual de Organización y Funciones (05 folios) y el Reglamento de Organización y Funciones (43 folios). Asimismo, se observa que dicha carta fue firmada por la recurrente con fecha 13 de octubre de 2023.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala