Resolución N.° 003982-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

9 de noviembre de 2023

VISTO el Expediente de Apelación Nº 03604-2023-JUS/TTAIP de fecha 18 de octubre de 2023, interpuesto por VLADIK ALDEA CORREA contra comunicación contenida en el correo electrónico de fecha 12 de octubre de 2023, mediante el cual el ARCHIVO GENERAL DE LA NACION, atendió su solicitud de acceso a la información pública de fecha 11 de octubre de 2023, registrado con Expediente N° 1624641113.
Con fecha 11 de octubre de 2023 el recurrente solicitó a la entidad, se remita a su correo electrónico, la siguiente información:
“solicito el manual o guía entregado en el Programa de Voluntariado, por el cual se explican o “traducen” los alfabetos, siglas, síncopas o contracciones, letras superpuestas, entre otros y que utilizado en el labor de transcripción de escrituras y expedientes históricos para poder entender el lenguaje de las escrituras realizadas por los escribanos del siglo XVI-XIX”
Mediante correo electrónico de fecha 12 de octubre de 2023, la entidad brindó atención a la solicitud, señalando:
“se le envió respuesta oportuna, con la información solicitada, el pasado 14 de septiembre. Por favor revisar bien su correo.”
Con fecha 18 de octubre de 2023, el recurrente interpuso el presente recurso de apelación, manifestando:
“ (…)
2. El día 12 de octubre de 2023, mediante correo electrónico, recibimos respuesta del funcionario responsable del Portal de Transparencia del Archivo General de la Nación, por el cual nos manifiesta que nuestro pedido de información pública fue ya atendido en una anterior solicitud del 12 de setiembre, mediante Oficio 467-2023-AGN/SG-LTAIP.
3. Conforme se puede apreciar en la solicitud que da merito a la presente impugnación, nosotros precisamos que la guía o manual, no fue nunca entregado en un anterior pedido. Si revisamos el oficio en mención (Oficio 467-2023-AGN/SG-LTAIP), podemos verificar que la entidad remite memorándum internos, modelos de fichas por completar, instrucciones para el llenado de esas fichas, entre otros documentos administrativos, pero no lo específicamente solicitado, es decir, los manuales o guía de interpretación o traducción para que un lector pueda entender las letras, abreviaturas y escrituras utilizadas por escribanos públicos del milenio pasado”.
Mediante la Resolución N° 003766-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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