Resolución N.° 003965-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
8 de noviembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 03297-2023-JUS/TTAIP de fecha 28 de setiembre de 2023, interpuesto por KARINA MELISSA NIEVES BUSTILLOS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA mediante Trámite N° 0013309 de fecha 4 de setiembre de 2023.
Con fecha 4 de setiembre de 2023, la recurrente solicitó a la entidad copia simple de la información que a continuación se detalla:
“(…) EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO CON TODOS LOS ANEXOS, QUE INCLUYA PLANOS ESTRUCTURALES, Y TODOS LOS ACTUADOS QUE SE LLEVARON A CABO PARA OTORGAR LA LICENCIA DE CONSTRUCCION A FAVOR DE LUIS RAFAEL MAXIMILIANO IRIARTE.” [sic]
Con fecha 28 de setiembre de 2023 la administrada interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 003648-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA, este Tribunal admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente y la formulación de sus descargos, sin haber recibido a la fecha documentación alguna.
Con fecha 4 de setiembre de 2023, la recurrente solicitó a la entidad copia simple de la información que a continuación se detalla:
“(…) EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO CON TODOS LOS ANEXOS, QUE INCLUYA PLANOS ESTRUCTURALES, Y TODOS LOS ACTUADOS QUE SE LLEVARON A CABO PARA OTORGAR LA LICENCIA DE CONSTRUCCION A FAVOR DE LUIS RAFAEL MAXIMILIANO IRIARTE.” [sic]
Con fecha 28 de setiembre de 2023 la administrada interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 003648-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA, este Tribunal admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente y la formulación de sus descargos, sin haber recibido a la fecha documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala