Resolución N.° 001632-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
21 de junio de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 01640-2023-JUS/TTAIP de fecha 22 de mayo de 2023, interpuesto por MARIO PAOLO LANFRANCO SANTOS contra la comunicación electrónica de fecha 19 de abril de 2023, recibida por el recurrente con fecha 21 de mayo de 20232 , mediante la cual el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 31 de marzo 2023.
Con fecha 31 de marzo de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“(…)el envío de todos los actuados del Expediente N° 152-2021-DFIST-MTC, referido al Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) iniciado en contra de la empresa Inca Rail S.A.C., por el choque técnico entre trenes producido en el año 2018 (choque entre trenes de Perurail e Inca rail). Según el Memorando 198-2023-MTC/22 notificado por el MTC, el procedimiento sancionador a Incarail inició el 30 de diciembre de 2021 y no fue hasta el 25 de julio de 2022 que se emitió la resolución final de primera instancia. En ese sentido, se verifica que transcurrieron 6 meses sin que se haya dictado una resolución final, por lo que se podía acceder al respectivo expediente desde el 30 de junio de 2022. Es en esta fecha que se cumplió el plazo de 6 meses sin que la resolución final se hubiera emitido. Cabe señalar que, de acuerdo a la Opinión Consultiva 18-2019-JUS/DGTAIPD del MINJUS, una resolución final es el acto que pone fin a la primera instancia del procedimiento; no incluye eventuales recursos.”
Con fecha 31 de marzo de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“(…)el envío de todos los actuados del Expediente N° 152-2021-DFIST-MTC, referido al Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) iniciado en contra de la empresa Inca Rail S.A.C., por el choque técnico entre trenes producido en el año 2018 (choque entre trenes de Perurail e Inca rail). Según el Memorando 198-2023-MTC/22 notificado por el MTC, el procedimiento sancionador a Incarail inició el 30 de diciembre de 2021 y no fue hasta el 25 de julio de 2022 que se emitió la resolución final de primera instancia. En ese sentido, se verifica que transcurrieron 6 meses sin que se haya dictado una resolución final, por lo que se podía acceder al respectivo expediente desde el 30 de junio de 2022. Es en esta fecha que se cumplió el plazo de 6 meses sin que la resolución final se hubiera emitido. Cabe señalar que, de acuerdo a la Opinión Consultiva 18-2019-JUS/DGTAIPD del MINJUS, una resolución final es el acto que pone fin a la primera instancia del procedimiento; no incluye eventuales recursos.”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala