Resolución N.° 003341-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

13 de noviembre de 2023

VISTO el Expediente de Apelación N° 03540-2023-JUS/TTAIP de fecha 16 de octubre de 2023, interpuesto por EMELYN IVETTE GARCIA MOGOLLON contra la Carta N° 000053-2023-MP-FN-PJFSTUMBES de fecha 13 de octubre de 2023, que adjunta los Oficios N° 003310-2023-MP-FN-PP de fecha 06 de octubre de 2023 y N° 003341-2023-MP-FN-PP de fecha 11 de octubre de 2023, mediante la cual la PROCURADURÍA PÚBLICA DEL MINISTERIO PÚBLICO atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 29 de setiembre de 2023.
Con fecha 29 de setiembre de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó la siguiente información:
“Actuaciones de Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio Público con motivo de la Resolución Nº 8 del 5 de setiembre de 2023 del Expediente Nº 00203-2023-2-2601-JR-LA-02, como correos electrónicos, oficios, memorandos a las diversas unidades orgánicas (Gerencia de Potencial Humano y Delegación Administrativa del Distrito Fiscal de Tumbes).
Asimismo, actuaciones de Gerencia General, Gerencia de Potencial Humano y Delegación Administrativa del Distrito Fiscal de Tumbes relacionados Resolución Nº 8 del 5 de setiembre de 2023 del Expediente Nº 00203-2023-2-2601-JR-LA-02”.
Mediante Carta N° 000053-2023-MP-FN-PJFSTUMBES de fecha 13 de octubre de 2023, que adjunta los Oficios N° 003310-2023-MP-FN-PP de fecha 06 de octubre de 2023 y N° 003341-2023-MP-FN-PP de fecha 11 de octubre de 2023, la entidad denegó la entrega de la información, conforme a los siguientes fundamentos:
“(…)
Es pertinente mencionar que, la información brindada por esta Procuraduría respecto a la atención de la referida resolución 08, guarda relación con la estrategia de defensa legal desplegada en el expediente donde fue emitida; por lo que, en virtud al numeral 4 del artículo 17 del TUO de la Ley 27806, al no haber concluido el proceso, se encontraría en el ámbito de excepción de cualquier pedido de información pública.
(…)”
Con fecha 16 de octubre de 2023, la recurrente interpone recurso de apelación contra la Carta N° 000053-2023-MP-FN-PJFSTUMBES de fecha 13 de octubre de 2023, que adjunta los Oficios N° 003310-2023-MP-FN-PP de fecha 06 de octubre de 2023 y N° 003341-2023-MP-FN-PP de fecha 11 de octubre de 2023, formulando los siguientes argumentos:
“(…)
Ante ello, considero que no existe justificación para negar el acceso a la información solicitada que consiste en actuaciones administrativas de la Procuraduría para acatar un mandato cautelar (Resolución Nº 8 del 5 de setiembre de 2023 del Expediente Nº 00203- 2023-2-2601-JR-LA-02), actuaciones que ha sido reconocido existen, pero no se informan porque guardan relación con la estrategia de defensa, lo cual considero no es aplicable al caso, pues el proceso laboral ha concluido en primera instancia tal como lo informa en su propio Oficio Nº 3310-2023-MP-FN-PP de 6 de octubre de 2023 (Anexo 3).
2.3. En otras palabras, señores del Tribunal, no se me proporcionan las actuaciones de la Procuraduría para acatar el mandato judicial, las cuales necesito conocer a fin de verificar las actuaciones administrativas de la Procuraduría.
2.4. Sumado a ello, pese a que se deniega mi pedido de acceso a la información pública, no se desarrolla, ni fundamenta ninguna de las excepciones previstas en el Art. 15 de la Ley 27806, ni en los art. 15, 16, 17, 18 y 19 del Texto Único Ordenado de la Ley 27806, que justifiquen la denegatoria al acceso a la información solicitada o la entrega parcial de la misma.
(…)”
Mediante Resolución 003149-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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