Resolución N.° 003238-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
3 de noviembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación Nº 03510-2023-JUS/TTAIP de fecha 12 de octubre de 2023, interpuesto por RICARDO MANUEL GERMAN NORIEGA SALAVERRY, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL - OEFA con fecha 1 de setiembre de 2023.
Con fecha 1 de setiembre de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad se le proporcione la siguiente información:
“(...)
Que, el día 21 de julio del 2023 el OEFA se presentó en la Zona Puerto Supe, con la embarcación “CABALLERO”, realizando el zarpe a las 6:00 am y el arribo a las 2 pm nombre del patrón: Robert Luis Ramos Lamba con título N.º 80282943; todo esto con la finalidad de realizar muestreo de presencia de petróleo en el mar, en la flora y fauna. Solicito que me remitan los resultados del estudio y/o todo lo relacionado a este muestreo realizado el día 21 de julio del 2023.” (sic)
El 11 de octubre de 2023, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, alegando lo siguiente:
“(...)
Que, este pedido fue realizado a través del Portal Virtual de Acceso a la Información Pública del OEFA, recibiendo a mi correo electrónico la confirmación del registro con Hoja de trámite N.º 2023-E01-531055. Cabe precisar que brinde correctamente mis datos personales e indique que la documentación fuera enviada a mi correo electrónico: noriegasalaverry@despertarnacional.com.
Que, el pedido ha sido denegado sin fundamentación expresa, configurándose un silencio administrativo negativo, asumo esto porque en su sistema de Consulta de Estado de Trámite del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, se visualiza como atendido en la fecha 18/09/2023; sin embargo, no ha llegado ninguna información al correo electrónico que brindé, tampoco han comunicado prórroga de plazo legal establecido para atender mi pedido establecido en el literal g) del artículo 11 del TUO de la Ley N.º 27806, ni mucho menos el OEFA se ha comunicado conmigo para indicarme la fundamentación expresa por la que mi pedido ha sido denegado.
Ante esta situación, el 27/09/2023 he presentado el reclamo N° 743cj55lz en el libro de reclamaciones virtual del OEFA, sin respuesta hasta la fecha.”
Mediante Resolución Nº 03027-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 1 de setiembre de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad se le proporcione la siguiente información:
“(...)
Que, el día 21 de julio del 2023 el OEFA se presentó en la Zona Puerto Supe, con la embarcación “CABALLERO”, realizando el zarpe a las 6:00 am y el arribo a las 2 pm nombre del patrón: Robert Luis Ramos Lamba con título N.º 80282943; todo esto con la finalidad de realizar muestreo de presencia de petróleo en el mar, en la flora y fauna. Solicito que me remitan los resultados del estudio y/o todo lo relacionado a este muestreo realizado el día 21 de julio del 2023.” (sic)
El 11 de octubre de 2023, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, alegando lo siguiente:
“(...)
Que, este pedido fue realizado a través del Portal Virtual de Acceso a la Información Pública del OEFA, recibiendo a mi correo electrónico la confirmación del registro con Hoja de trámite N.º 2023-E01-531055. Cabe precisar que brinde correctamente mis datos personales e indique que la documentación fuera enviada a mi correo electrónico: noriegasalaverry@despertarnacional.com.
Que, el pedido ha sido denegado sin fundamentación expresa, configurándose un silencio administrativo negativo, asumo esto porque en su sistema de Consulta de Estado de Trámite del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, se visualiza como atendido en la fecha 18/09/2023; sin embargo, no ha llegado ninguna información al correo electrónico que brindé, tampoco han comunicado prórroga de plazo legal establecido para atender mi pedido establecido en el literal g) del artículo 11 del TUO de la Ley N.º 27806, ni mucho menos el OEFA se ha comunicado conmigo para indicarme la fundamentación expresa por la que mi pedido ha sido denegado.
Ante esta situación, el 27/09/2023 he presentado el reclamo N° 743cj55lz en el libro de reclamaciones virtual del OEFA, sin respuesta hasta la fecha.”
Mediante Resolución Nº 03027-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala