Resolución N.° 003228-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
3 de noviembre de 2023
VISTO: El Expediente de Apelación N° 03442-2023-JUS/TTAIP de fecha 10 de octubre de 2023, interpuesto por MARY ÁNGELA VIZCARRA HINOJOSA, contra el Oficio N° 290-2023/S-30200 de fecha 21 de setiembre de 2023, mediante el cual la E.P.S. SEDAPAR S.A., responde a la solicitud acceso a la información pública presentada por la recurrente el 07 de setiembre de 2023, signado con el Expediente N° 2023-24095.
Con fecha 07 de setiembre de 2023, la recurrente solicitó en mérito a la Ley de Transparencia se le remita la siguiente información:
“Copia simple de todas las cartas de expresión de interés presentadas ante su representada hasta la fecha actual en referencia al procedimiento de comercialización de aguas residuales dentro de la invitación o presentar expresión de interés según aviso público en el diario El Pueblo de fecha 07-06-23, Directiva aprobada mediante Resolución N°. 1111-2022/S-20000”.
Con Oficio N° 290-2023/S-30200 de fecha 21 de setiembre de 2023, la entidad responde a la solicitud acceso a la información pública presentada por la recurrente, señalando que: “En atención a su solicitud amparada en la Ley de Transparencia N° 27806, y de acuerdo a lo indicado por la Gerencia de Administración, los documentos de expresión de interés presentados a SEDAPAR, actualmente forman parte de un procedimiento que por el momento se encuentra en trámite, por lo que no es posible entregarlos”.
Con fecha 10 de octubre de 2023, la recurrente interne recurso de apelación alegando que: “Al respecto, debo indicar que en dicho oficio respuesta no se menciona ninguna norma y/o dispositivo legal que fundamente dicha respuesta; asimismo, debo resaltar que únicamente solicité se me otorgue copia simple de las cartas de expresión de interés presentadas a esa fecha más no solicité copia de los expedientes generados al respecto ni de las ofertas y/o propuestas alcanzadas. Por lo que, que INTERPONGO RECURSO DE APELACIÓN ANTE LA DENEGATORIA A MI SOLICITUD”.
Mediante Resolución N° 003020-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 03 de noviembre de 2023, a través del Oficio Nº 343-2023/S-30200, la entidad presenta el expediente administrativo y formula sus descargos, alegando que: “(…) de conformidad con la Directiva para la comercialización de agua residual con fines de reusó, aprobada mediante Resolución N° 1111-2022/S-20000, se ha establecido el procedimiento correspondiente para estos fines, dentro del cual se consideran diferentes etapas, siendo una de ellas, el procedimiento de convocatoria, para lo cual la empresa invitará a ofertar a las personas naturales o jurídicas a través de un medio periodístico local, para lo cual se otorga un plazo de 30 días calendario a fin que los interesados hagan conocer su intensión interés en adquirir el agua residual con fines de reúso. Por ello, SEDAPAR S.A. mediante comunicado efectuado a través del Diario El Pueblo de fecha 07.06.2023, cuya copia se anexa, invita a toda la colectividad a presentar su expresión de interés, detallando el procedimiento a seguir para su registro y el periodo establecido. A la fecha, el trámite mencionado líneas arriba aún no ha culminado, por ello no es posible la atención de lo solicitado por Mary Ángela Vizcarra Hinojosa”.
Con fecha 07 de setiembre de 2023, la recurrente solicitó en mérito a la Ley de Transparencia se le remita la siguiente información:
“Copia simple de todas las cartas de expresión de interés presentadas ante su representada hasta la fecha actual en referencia al procedimiento de comercialización de aguas residuales dentro de la invitación o presentar expresión de interés según aviso público en el diario El Pueblo de fecha 07-06-23, Directiva aprobada mediante Resolución N°. 1111-2022/S-20000”.
Con Oficio N° 290-2023/S-30200 de fecha 21 de setiembre de 2023, la entidad responde a la solicitud acceso a la información pública presentada por la recurrente, señalando que: “En atención a su solicitud amparada en la Ley de Transparencia N° 27806, y de acuerdo a lo indicado por la Gerencia de Administración, los documentos de expresión de interés presentados a SEDAPAR, actualmente forman parte de un procedimiento que por el momento se encuentra en trámite, por lo que no es posible entregarlos”.
Con fecha 10 de octubre de 2023, la recurrente interne recurso de apelación alegando que: “Al respecto, debo indicar que en dicho oficio respuesta no se menciona ninguna norma y/o dispositivo legal que fundamente dicha respuesta; asimismo, debo resaltar que únicamente solicité se me otorgue copia simple de las cartas de expresión de interés presentadas a esa fecha más no solicité copia de los expedientes generados al respecto ni de las ofertas y/o propuestas alcanzadas. Por lo que, que INTERPONGO RECURSO DE APELACIÓN ANTE LA DENEGATORIA A MI SOLICITUD”.
Mediante Resolución N° 003020-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 03 de noviembre de 2023, a través del Oficio Nº 343-2023/S-30200, la entidad presenta el expediente administrativo y formula sus descargos, alegando que: “(…) de conformidad con la Directiva para la comercialización de agua residual con fines de reusó, aprobada mediante Resolución N° 1111-2022/S-20000, se ha establecido el procedimiento correspondiente para estos fines, dentro del cual se consideran diferentes etapas, siendo una de ellas, el procedimiento de convocatoria, para lo cual la empresa invitará a ofertar a las personas naturales o jurídicas a través de un medio periodístico local, para lo cual se otorga un plazo de 30 días calendario a fin que los interesados hagan conocer su intensión interés en adquirir el agua residual con fines de reúso. Por ello, SEDAPAR S.A. mediante comunicado efectuado a través del Diario El Pueblo de fecha 07.06.2023, cuya copia se anexa, invita a toda la colectividad a presentar su expresión de interés, detallando el procedimiento a seguir para su registro y el periodo establecido. A la fecha, el trámite mencionado líneas arriba aún no ha culminado, por ello no es posible la atención de lo solicitado por Mary Ángela Vizcarra Hinojosa”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala