Resolución N.° 003218-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
2 de noviembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación Nº 03342-2023-JUS/TTAIP de fecha 2 de octubre de 2023, interpuesto por OCTAVIO ROJAS CABALLERO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO con Expediente 2023-01-0000138861 de fecha 1 de setiembre de 2023.
Con fecha 1 de setiembre de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la siguiente información:
“1. Toda normatividad complementaria interna aprobada por la MPC dirigida a garantizar y monitorear el cumplimiento de las reglas de atención a los supuestos para la elaboración del CAP Provisional, de las etapas de elaboración, de aprobación de la propuesta de dicho Instrumento de Gestión con opinión favorable de SERVIR, el reordenamiento de cargos y actualizaciones oportunas, y observancia de su publicidad; es decir, siguiendo las normas establecidas por el ente rector del SAGRH.
2. Decreto de Alcaldía N° 015-2023-ALCI/MPC y el texto completo de los anexos que forman parte integrante del mismo.
3. Todo ANTECEDENTE con sus ANEXOS, que sustenta/justifica la emisión del Decreto antes mencionado, vale decir, todo documento señalado en VISTO emitido por distintas instancias de la Entidad, sin perjuicio del Informe Técnico de Propuesta del CAP por parte de la ORH y el respectivo Informe Técnico de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la MPC”.
Con fecha 2 de octubre de 2023, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución 002999-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados, incluido el término de la distancia de ley.
Con fecha 1 de setiembre de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la siguiente información:
“1. Toda normatividad complementaria interna aprobada por la MPC dirigida a garantizar y monitorear el cumplimiento de las reglas de atención a los supuestos para la elaboración del CAP Provisional, de las etapas de elaboración, de aprobación de la propuesta de dicho Instrumento de Gestión con opinión favorable de SERVIR, el reordenamiento de cargos y actualizaciones oportunas, y observancia de su publicidad; es decir, siguiendo las normas establecidas por el ente rector del SAGRH.
2. Decreto de Alcaldía N° 015-2023-ALCI/MPC y el texto completo de los anexos que forman parte integrante del mismo.
3. Todo ANTECEDENTE con sus ANEXOS, que sustenta/justifica la emisión del Decreto antes mencionado, vale decir, todo documento señalado en VISTO emitido por distintas instancias de la Entidad, sin perjuicio del Informe Técnico de Propuesta del CAP por parte de la ORH y el respectivo Informe Técnico de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la MPC”.
Con fecha 2 de octubre de 2023, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución 002999-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados, incluido el término de la distancia de ley.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala