Resolución N.° 003031-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

29 de agosto de 2023

VISTO el Expediente de Apelación Nº 02573-2023-JUS/TTAIP de fecha 2 de agosto de 2023, interpuesto por VÍCTOR MARIO PRÍNCIPE GAVILÁN contra la respuesta contenida en la CARTA N° 364-2023-ESG de fecha 24 de julio de 2023, a través de la cual el SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL S.A., atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 14 de julio de 2023, que generó el Número Registro: 82484.
Con fecha 14 de julio de 2023, el recurrente solicitó a la entidad se le remita por correo electrónico la siguiente información: “(…) SOLICITO EXPEDIENTE TECNICO Y PLANOS DEL PROYECTO COMAS E INDEPENDENCIA CON CUI N° 2300050.”
[sic]
Mediante la CARTA N° 364-2023-ESG de fecha 24 de julio de 2023, el Primer Suplente Responsable de la Entrega de Información de la entidad remitió el Memorando N° 2404-2023-EEDef, de fecha 21 de julio de 2023, último documento a través del cual la Jefa de Equipo de Estudios Definitivos señaló que el “(…)
‘Expediente Técnico del Proyecto Comas Independencia’, a la fecha se encuentra en actualización del valor referencial; por tanto, cuando se encuentre en licitación pública podrá acceder a la información solicitada”.
Con fecha 2 de agosto de 2023, el recurrente presentó ante esta instancia su recurso de apelación materia de análisis, manifestando su inconformidad respecto de la no entrega de la información.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 002858-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 15 de agosto de 2023, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos.
Frente a ello, con fecha 25 de agosto de 2023, la Funcionaria Responsable de la Entrega de Información de la entidad remitió a esta instancia la CARTA N° 429-2023-ESG, a través del cual se elevó el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud; asimismo, comunicó haber reevaluado la solicitud y entregado la información requerida mediante la CARTA N° 428-2023-ESG. Cabe advertir que, a la aludida carta se adjuntó el Memorando N° 2665-2023-EEDef, a través del cual la Jefa de Equipo de Estudios Definitivos señaló que:
“(…)
Al respecto, se remite el link de descarga con la información solicitada. https://sedapalcompe.sharepoint.com/:f:/s/eedef/EvKfs0dFxd9Npye0nuser6kBenisLn0B-vXVdZ7gd8-4QA?e=Lpudijb
Finalmente, es preciso señalar y exponer algunos de los posibles riesgos que involucra la entrega de un expediente técnico que se encuentra en proceso de actualización, entre ellos, invasión de terrenos destinados para las estructuras, desorden en ejecutar obras por terceros, manipulación de la información entre otros, el mal uso de dicha información es responsabilidad única del destinatario.
(…)”.
Cabe advertir que, a los autos, la entidad adjuntó el acuse de recepción automático proveniente de la dirección electrónica del recurrente, del correo electrónico de fecha de fecha 25 de agosto de 2023, a través del cual se remitió la CARTA N° 428-2023-ESG.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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