Resolución N.° 003004-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
28 de agosto de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 02436-2023-JUS/TTAIP de fecha 20 de julio de 2023, interpuesto por GABRIEL HORACIO VIGO SOSAYA contra el Informe N° 31-23-III-MACREPOL-LAL-T-OFAD-DAD de fecha 17 de julio de 2023, mediante el cual la III MACRO REGION POLICIAL LA LIBERTAD denegó la solicitud de acceso a la información pública.
Con fecha 10 de julio de 2023, el recurrente indica que solicitó a la entidad le remita la siguiente información a su correo electrónico:
“Informar qué unidades policiales pertenecientes a la DIVOPUS-III Macro Región Policial La Libertad, desde sus almacenes de Armería, tuvieron, dentro de sus municiones, los proyectiles de calibre 9 mm. corto, 9 mm. Parabellum y 7.56 mm., durante los días 13 y 14 de diciembre del 2022, así como durante los días 20 y 21 de enero del 2023.”
Mediante el Informe N° 31-23-III-MACREPOL-LAL-T-OFAD-DAD de fecha 17 de julio de 2023, la entidad denegó la solicitud de acceso a la información presentado por el recurrente, indicando lo siguiente:
“(…)
III. La unidad de Asesoría Jurídica de la III-MACREPOL LAL, mediante Ofc. 462-2023-III MACREPOL LL/SEC/UNIASJUR.ADJPN., emite el Dictamen N° 392-2023 III- MACREPOL LL/SEC/UNIASJUR.ADJPN., de fecha 12JUL2023.- donde Desestima la solicitud presentada por el ciudadano Gabriel Horacio VIGO SOSAYA, toda vez que dicha información es de Carácter Reservada según el Literal e) del artículo 16 del TUO de la Ley 27806-Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, pues tanto el armamento y material logístico de las diferentes unidades policiales están comprometidos para el control del orden interno.”
Con fecha 20 de julio de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar que no aplica el carácter reservado a la información solicitada.
Mediante la Resolución N° 002813-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Mediante Oficio N° 54-2023-III MACRO REGIÓN POLICIAL LAL/T.A.I.P, ingresado a esta instancia con fecha 21 de agosto de 2023, la entidad remite el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información, sin presentar sus descargos.
Con fecha 10 de julio de 2023, el recurrente indica que solicitó a la entidad le remita la siguiente información a su correo electrónico:
“Informar qué unidades policiales pertenecientes a la DIVOPUS-III Macro Región Policial La Libertad, desde sus almacenes de Armería, tuvieron, dentro de sus municiones, los proyectiles de calibre 9 mm. corto, 9 mm. Parabellum y 7.56 mm., durante los días 13 y 14 de diciembre del 2022, así como durante los días 20 y 21 de enero del 2023.”
Mediante el Informe N° 31-23-III-MACREPOL-LAL-T-OFAD-DAD de fecha 17 de julio de 2023, la entidad denegó la solicitud de acceso a la información presentado por el recurrente, indicando lo siguiente:
“(…)
III. La unidad de Asesoría Jurídica de la III-MACREPOL LAL, mediante Ofc. 462-2023-III MACREPOL LL/SEC/UNIASJUR.ADJPN., emite el Dictamen N° 392-2023 III- MACREPOL LL/SEC/UNIASJUR.ADJPN., de fecha 12JUL2023.- donde Desestima la solicitud presentada por el ciudadano Gabriel Horacio VIGO SOSAYA, toda vez que dicha información es de Carácter Reservada según el Literal e) del artículo 16 del TUO de la Ley 27806-Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, pues tanto el armamento y material logístico de las diferentes unidades policiales están comprometidos para el control del orden interno.”
Con fecha 20 de julio de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar que no aplica el carácter reservado a la información solicitada.
Mediante la Resolución N° 002813-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Mediante Oficio N° 54-2023-III MACRO REGIÓN POLICIAL LAL/T.A.I.P, ingresado a esta instancia con fecha 21 de agosto de 2023, la entidad remite el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información, sin presentar sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala