Resolución N.° 002946-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

23 de agosto de 2023

VISTO el Expediente de Apelación N° 00030-2018-JUS/TTAIP de fecha 29 de enero de 2018, interpuesto por DAVID ISAÍAS SALINAS ALVARADO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de las solicitudes de acceso a la información pública presentadas ante la INSTITUCIÓN EDUCATIVA REINO DE ESPAÑA con fecha 19 de diciembre de 2017.
Con fecha 19 de diciembre de 2017, el recurrente solicitó a la entidad la información que a continuación se detalla:
Mediante Registro N° 1407:
”Copia del Expediente de la postulante Sra Salazar Cabezas, Flor Soledad presentado al Comité de Contratación de personal Administrativo de la IE Reino de España para el contrato del periodo 2018 así como la fecha de Evaluación mediante el cual le asignaron 56 puntos."
Mediante Registro N° 1418:
“(…) fotocopia de Reunión de Comité de Contratación de Personal Administrativo 2018, llevada a cabo el 19.12.2017 en la Oficina de la SRA DRA. BIVIANA MAMANI (…)”. (sic)
Con fecha 29 de enero de 2018, el administrado presentó el recurso de apelación materia de análisis, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Asimismo, obra en autos un documento S/N de fecha 26 de febrero de 2018, dirigido al recurrente, en el cual se señala lo siguiente:
“(…) en cuanto a su pedido del expediente de la trabajadora de servicio Sra. Soledad Salazar Cabezas, informándole que los documentos de contratación que solicita se encuentran en la UGEL N° 07.”
Mediante la Resolución N° 020101512020 se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Al respecto, mediante Oficio N° 225-2023/D.D.G-IE N° 7053 “REINO DE ESPAÑA” BCO ingresado con fecha 21 de agosto de 2023 la entidad remitió el Escrito N° 01 de fecha 21 de agosto de 2023, mediante el cual señala que no se encontró el expediente administrativo requerido por esta instancia.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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