Resolución N.° 002862-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
15 de agosto de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 02290-2023-JUS/TTAIP de fecha 07 de julio de 2023, interpuesto por GLORIA ALLISON INGA CHÁVEZ contra la Carta N° 0691-2023-MDLM-SG-SGDAC, recepcionada con fecha 23 de junio de 2023, a través de la cual, la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 31 de mayo de 2023, con expediente N° 05250-1-2023.
Con fecha 31 de mayo de 2023, la recurrente solicitó a la entidad que le brinde la siguiente información:
“1. Solicitamos informe de pagos realizados de Locación de servicios del personal de la Subgerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano, en el periodo del mes de setiembre hasta el mes de diciembre del año 2022.
2. Solicitamos a su vez Copia completas de los expedientes referidos a las siguientes órdenes de servicios generales en el mes de diciembre del año 2022 (N°7825; N°7828; N° 7829; 7831; N°7832).”
Mediante Carta N° 0691-2023-MDLM-SG-SGDAC de fecha 12 de junio de 2023, la entidad atiende la solicitud de acceso de información presentada por la recurrente, indicando lo siguiente:
“(…)
Al respecto se pone en su conocimiento lo siguiente:
1. La Subgerencia de Tesorería mediante el Memorando N° 0387-2023-MDLMGAF-ST del 06.06.2023 remite las copias solicitadas en el expediente de la referencia.
2. La Subgerencia de Logística mediante el Memorando N° 1104-2023-MDLMGAF- SL del 08.06.2023 remite las copias de las órdenes de pago solicitadas, toda vez que no cuenta con el expediente completo, pese a la exhaustiva búsqueda efectuada en el archivo de dicha Unidad de Organización. (…)”
Con fecha 07 de julio de 2023, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar que se le ha entregado información incompleta.
Mediante la Resolución N° 002670-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Mediante Carta N° 0970-2023-MDLM-SG-SGDAC, ingresada a esta instancia con fecha 14 de agosto de 2023, la entidad remitió el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información, sin formular descargos.
Con fecha 31 de mayo de 2023, la recurrente solicitó a la entidad que le brinde la siguiente información:
“1. Solicitamos informe de pagos realizados de Locación de servicios del personal de la Subgerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano, en el periodo del mes de setiembre hasta el mes de diciembre del año 2022.
2. Solicitamos a su vez Copia completas de los expedientes referidos a las siguientes órdenes de servicios generales en el mes de diciembre del año 2022 (N°7825; N°7828; N° 7829; 7831; N°7832).”
Mediante Carta N° 0691-2023-MDLM-SG-SGDAC de fecha 12 de junio de 2023, la entidad atiende la solicitud de acceso de información presentada por la recurrente, indicando lo siguiente:
“(…)
Al respecto se pone en su conocimiento lo siguiente:
1. La Subgerencia de Tesorería mediante el Memorando N° 0387-2023-MDLMGAF-ST del 06.06.2023 remite las copias solicitadas en el expediente de la referencia.
2. La Subgerencia de Logística mediante el Memorando N° 1104-2023-MDLMGAF- SL del 08.06.2023 remite las copias de las órdenes de pago solicitadas, toda vez que no cuenta con el expediente completo, pese a la exhaustiva búsqueda efectuada en el archivo de dicha Unidad de Organización. (…)”
Con fecha 07 de julio de 2023, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar que se le ha entregado información incompleta.
Mediante la Resolución N° 002670-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Mediante Carta N° 0970-2023-MDLM-SG-SGDAC, ingresada a esta instancia con fecha 14 de agosto de 2023, la entidad remitió el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información, sin formular descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala