Resolución N.° 002824-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

11 de agosto de 2023

VISTO el Expediente de Apelación Nº 02437-2023-JUS/TTAIP de fecha 20 de julio de 2023, interpuesto por JESÚS ESTEBAN CÁCERES MILLONES contra el Oficio Nº 09645-2023-MINEDU/SG-OACIGED de fecha 12 de julio de 2023 que adjunta el Oficio N° 01122-2023-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA, mediante el cual el MINISTERIO DE EDUCACIÓN atendió su solicitud de acceso a la información pública registrada con Expediente N° 199128-2023.
Con fecha 10 de julio de 2023, mediante Expediente N° 199128-2023, el recurrente solicitó a la entidad, se remita por correo electrónico:
“copia simple de todas las órdenes de servicios y actas de conformidades emitidas durante los años 2014 al 2023 por el programa de apoyo a la formación profesional APROLAB II UE 113 (RUC N° 20518647785) del MINEDU a favor de Vladimiro Manuel Ramírez Félix identificado con DUC N° XXXXXXXXX quien es el responsable de Abastecimiento de dicha entidad desde el 24.11.2014 de acuerdo a la información obtenida en: https:apps.osce.gob.pe.peperfilprov-uificha10099299164impedimentos”.
Mediante el Oficio Nº 09645-2023-MINEDU/SG-OACIGED de fecha 12 de julio de 2023 que adjunta el Oficio N° 01122-2023-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA, la entidad brindó atención a la solicitud del recurrente, señalando:
“En tal, sentido conforme los argumentos expuestos y en virtud a lo establecido en el Principio de Razonabilidad, se le comunica que la información solicitada será remitida en un solo entregable el 31 de enero de 2024”.
Con fecha 19 de julio de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, manifestando “informo que no estoy conforme con contenido de lo informado en el OFICIO N° 09645-2023-MINEDU/SG-OACIGED y anexo, dado que se me ha negado el acceso a la información pública a información de un ex funcionario público del (…)”
Mediante Resolución N° 002667-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 26 de julio de 2023, notificada a la entidad el 2 de agosto del mismo año, esta instancia le solicitó el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, y la formulación de sus descargos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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