Resolución N.° 002425-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
28 de agosto de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 02572-2023-JUS/TTAIP de fecha 2 de agosto de 2023, interpuesto por PAUL ADEMIR PERCY ESPINOZA TORRES, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada al HOSPITAL II SANTA ROSA - PUERTO MALDONADO el 11 de julio de 2023, con CARTA N° 001-2023-PAPET.
Con fecha 11 de julio de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, con CARTA N° 001-2023-PAPET, el recurrente presentó ante la entidad su solicitud requiriendo se le proporcione la siguiente información:
“(...)
1.- Solicito acceder a información de carácter público de dominio de su representada en formato digital a mi correo electrónico XXXXXXXX, siendo que dicha solicitud en el mencionado formato de conformidad con el Decreto Supremo N° 164-2020-PCM “Decreto que estandariza el procedimiento de acceso a la información pública” las copias en formato digital (PDF) es gratuito, no irroga pagar derecho de tramite al administrado solicitante, el tipo de información que requiero lo expongo en los siguientes numerales.
2.- Solicito copia digital de todos los registros documentarios de ingreso de documentos de toda índole de la unidad de recepción documental (mesa de partes) del Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado del año 2022. Entendiendo que no había registro físico documentario de ingreso documental por parte de mesa de partes del Hospital Santa Rosa en el año 2022.
3.- Solicito copia digital del memorándum o resolución administrativa con el cual designaron como Secretario Técnico de Procesos Disciplinarios al Abog. Louis Paredes Paredes, teniendo conocimiento de causa que estaba con el mencionado cargo en el año 2022.
4.- Solicito copia digital del memorándum o resolución administrativa con el cual cesaron en el cargo de Secretario Tecnico de Procesos Disciplinarios al Abog. Luis Paredes Paredes.
5.- Solicito copia digital de todos los memorándums de disposición emitidos por parte de la Unidad y/o Oficina de Recursos Humanos – o de Personal al Abog. Louis Paredes Paredes.
6.- Solicito copia digital de la Planilla de Remuneraciones de todo el año 2022 con el cual se efectuaron el pago de sus remuneraciones al Abog. Louis Paredes Paredes.
7.- Solicito copia digital todos los documentos de entrega de cargo del Abog. Louis Paredes Paredes como Secretario Técnico de Procesos Disciplinarios (incluyendo el acta donde consta los documentos, expedientes físicos y foliados que recibió y está entregando a la nueva autoridad que asume el cargo de Secretario Técnico de Procesos Disciplinarios o superior inmediato. (Informe Técnico N° 000282-2022-SERVIR-GPGSC).
8.- Solicito copia digital del documento memorándum o resolución administrativa de designación del actual Secretario Técnico de Procesos Disciplinarios.
9.- Solicito copia digital del informe de estado situacional o llamado también informe de corte (o documento similar y/o homologo), elaborado y presentado a su representada por parte del actual Secretario Técnico de Procesos Disciplinarios, en el cual hace constar en qué estado asumió el cargo, si recibió expedientes del anterior Secretario Tecnico de Procesos Disciplinario.
10.- Solicito información en formato digital sobre la imposibilidad de acceder a los instrumentos de gestión (ROF, MOF, TUPA, POI, CAP, ORGANIGRAMA y otros instrumentos de gestión) del Hospital Santa Rosa mediante el portal de transparencia estándar de estado peruano, siendo que la responsable del manejo de dicha plataforma es Annick Jocelin Guerra Álvarez con designación mediante Resolución Directoral N° 399-2019-GOREMAD/HSRPM con correo electrónico aguerra@hospitalsantarosa.gob.pe y con celular N° XXXXXXXXX.” (sic)
El 2 de agosto de 2023, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, con CARTA N° 001-2023-PAPET/TTAAP el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, alegando, entre otros, lo que se detalla a continuación:
“(...)
3.- Solicito que no se acepte descargo del Hospital II Santa Rosa de Puerto Maldonado (Hospital II)en caso se admita a trámite la presente apelación, que no sea suscrito por el Procurador Publico de dicha entidad, ya que según Decreto Legislativo N° 1326 “Decreto Legislativo que reestructura el sistema administrativo de defensa jurídica del estado y crea la Procuraduría General del Estado” y su reglamento mediante Decreto Supremo N° 018-2019-JUS, prevé que la defensa legal de una entidad publica en cualquier proceso, sea penal, civil, administrativo, arbitral, entre otros, dicha función recae en los Procuradores Públicos y no en otro funcionario, siendo que si la Defensa es ejercida por funcionario público distinto, comete usurpación de funciones y de ser el caso abuso de autoridad.”
Mediante la Resolución N° 02164-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 11 de julio de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, con CARTA N° 001-2023-PAPET, el recurrente presentó ante la entidad su solicitud requiriendo se le proporcione la siguiente información:
“(...)
1.- Solicito acceder a información de carácter público de dominio de su representada en formato digital a mi correo electrónico XXXXXXXX, siendo que dicha solicitud en el mencionado formato de conformidad con el Decreto Supremo N° 164-2020-PCM “Decreto que estandariza el procedimiento de acceso a la información pública” las copias en formato digital (PDF) es gratuito, no irroga pagar derecho de tramite al administrado solicitante, el tipo de información que requiero lo expongo en los siguientes numerales.
2.- Solicito copia digital de todos los registros documentarios de ingreso de documentos de toda índole de la unidad de recepción documental (mesa de partes) del Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado del año 2022. Entendiendo que no había registro físico documentario de ingreso documental por parte de mesa de partes del Hospital Santa Rosa en el año 2022.
3.- Solicito copia digital del memorándum o resolución administrativa con el cual designaron como Secretario Técnico de Procesos Disciplinarios al Abog. Louis Paredes Paredes, teniendo conocimiento de causa que estaba con el mencionado cargo en el año 2022.
4.- Solicito copia digital del memorándum o resolución administrativa con el cual cesaron en el cargo de Secretario Tecnico de Procesos Disciplinarios al Abog. Luis Paredes Paredes.
5.- Solicito copia digital de todos los memorándums de disposición emitidos por parte de la Unidad y/o Oficina de Recursos Humanos – o de Personal al Abog. Louis Paredes Paredes.
6.- Solicito copia digital de la Planilla de Remuneraciones de todo el año 2022 con el cual se efectuaron el pago de sus remuneraciones al Abog. Louis Paredes Paredes.
7.- Solicito copia digital todos los documentos de entrega de cargo del Abog. Louis Paredes Paredes como Secretario Técnico de Procesos Disciplinarios (incluyendo el acta donde consta los documentos, expedientes físicos y foliados que recibió y está entregando a la nueva autoridad que asume el cargo de Secretario Técnico de Procesos Disciplinarios o superior inmediato. (Informe Técnico N° 000282-2022-SERVIR-GPGSC).
8.- Solicito copia digital del documento memorándum o resolución administrativa de designación del actual Secretario Técnico de Procesos Disciplinarios.
9.- Solicito copia digital del informe de estado situacional o llamado también informe de corte (o documento similar y/o homologo), elaborado y presentado a su representada por parte del actual Secretario Técnico de Procesos Disciplinarios, en el cual hace constar en qué estado asumió el cargo, si recibió expedientes del anterior Secretario Tecnico de Procesos Disciplinario.
10.- Solicito información en formato digital sobre la imposibilidad de acceder a los instrumentos de gestión (ROF, MOF, TUPA, POI, CAP, ORGANIGRAMA y otros instrumentos de gestión) del Hospital Santa Rosa mediante el portal de transparencia estándar de estado peruano, siendo que la responsable del manejo de dicha plataforma es Annick Jocelin Guerra Álvarez con designación mediante Resolución Directoral N° 399-2019-GOREMAD/HSRPM con correo electrónico aguerra@hospitalsantarosa.gob.pe y con celular N° XXXXXXXXX.” (sic)
El 2 de agosto de 2023, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, con CARTA N° 001-2023-PAPET/TTAAP el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, alegando, entre otros, lo que se detalla a continuación:
“(...)
3.- Solicito que no se acepte descargo del Hospital II Santa Rosa de Puerto Maldonado (Hospital II)en caso se admita a trámite la presente apelación, que no sea suscrito por el Procurador Publico de dicha entidad, ya que según Decreto Legislativo N° 1326 “Decreto Legislativo que reestructura el sistema administrativo de defensa jurídica del estado y crea la Procuraduría General del Estado” y su reglamento mediante Decreto Supremo N° 018-2019-JUS, prevé que la defensa legal de una entidad publica en cualquier proceso, sea penal, civil, administrativo, arbitral, entre otros, dicha función recae en los Procuradores Públicos y no en otro funcionario, siendo que si la Defensa es ejercida por funcionario público distinto, comete usurpación de funciones y de ser el caso abuso de autoridad.”
Mediante la Resolución N° 02164-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala