Resolución N.° 002227-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
15 de agosto de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 02382-2023-JUS/TTAIP de fecha 17 de julio de 2023, interpuesto por MARILUZ RODRIGUEZ ALAYZA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL con fecha 13 de junio de 2023.
Con fecha 13 de junio de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad que le brinde en formato digital pdf lo siguiente:
“(...)
1. Informe debidamente documentado de gastos ejecutados durante el 47° aniversario provincial.
2. Informe de las donaciones recibidas para los damnificados” (sic).
Con fecha 17 de julio de 2023, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002052-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.
Con Oficio N° 087-2023-MPH-SG, presentado a esta instancia el 9 de agosto de 2023, la entidad remitió el expediente administrativo que se generó para la atención de la solicitud; asimismo, formuló sus descargos señalando lo siguiente:
“(...)
Que, mediante Memorándum N°728-2023-SG/MPH, de fecha 16 de junio de 2023, se solicitó a la Gerencia de Administración y Finanzas; se sirva informar el número de folios que demanda la reproducción de lo solicitado por la administrada Sr. MARILUZ RODRÍGUEZ ALAYZA, acogiéndose a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica Ley N°27806.
Que, mediante Informe N° 169-2023-SGC/GAF/MPH, presentado el día 20 de junio de 2023, la Sub Gerencia de Contabilidad, en atención a lo solicitado por la administrada, remite información en digital la cual consta de (117 folios), información correspondiente al primer pedido "informe debidamente documentado de gastos ejecutados durante el 47 aniversario Provincial.
Asimismo, a través del Memorándum N°729-2023-SG/MPH, de fecha 16 de junio de 2023, se solicitó a la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, se sirva a enviar la información en forma digital PDF; requerida por la administrada Sra. Mariluz Rodríguez Alayza, respecto a su segundo pedido "informe de donaciones recibidas para los damnificados.
Que, mediante Informe N° 212-2023-MPH/GDET/SGGSD/CJMS, de fecha 20 de junio de 2023, la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, en atención a lo solicitado por la administrada, a fin de brindar información real y oportuna respecto a las donaciones recibidas para los damnificados, la sub gerencia informa que la Municipalidad como ente canalizador entre las donaciones que hizo el pueblo Huaralino a los distritos afectados, adjunta información que consta de (09 folios).
Con fecha 05 de julio de 2023, Secretaría General notifica a la interesada, mediante correo electrónico XXXXXXXX la carta N° 650-2023-SG/MPH de fecha 28 de julio 2023, por lo que es preciso indicar que la Entidad ha realizado el seguimiento y la atención oportuna al expediente N° 17159-2023.
Por lo antes expuesto, cumplimos formular descargo al recurso de apelación interpuesto y sus antecedentes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 218 del Texto Único de Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N° 27444 y del artículo 7 del TUO de la Ley de Transparencia, aprobado por D.S. N° 043.2003-PCM, para la evaluación y trámite correspondiente”.
Con fecha 13 de junio de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad que le brinde en formato digital pdf lo siguiente:
“(...)
1. Informe debidamente documentado de gastos ejecutados durante el 47° aniversario provincial.
2. Informe de las donaciones recibidas para los damnificados” (sic).
Con fecha 17 de julio de 2023, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002052-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.
Con Oficio N° 087-2023-MPH-SG, presentado a esta instancia el 9 de agosto de 2023, la entidad remitió el expediente administrativo que se generó para la atención de la solicitud; asimismo, formuló sus descargos señalando lo siguiente:
“(...)
Que, mediante Memorándum N°728-2023-SG/MPH, de fecha 16 de junio de 2023, se solicitó a la Gerencia de Administración y Finanzas; se sirva informar el número de folios que demanda la reproducción de lo solicitado por la administrada Sr. MARILUZ RODRÍGUEZ ALAYZA, acogiéndose a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica Ley N°27806.
Que, mediante Informe N° 169-2023-SGC/GAF/MPH, presentado el día 20 de junio de 2023, la Sub Gerencia de Contabilidad, en atención a lo solicitado por la administrada, remite información en digital la cual consta de (117 folios), información correspondiente al primer pedido "informe debidamente documentado de gastos ejecutados durante el 47 aniversario Provincial.
Asimismo, a través del Memorándum N°729-2023-SG/MPH, de fecha 16 de junio de 2023, se solicitó a la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, se sirva a enviar la información en forma digital PDF; requerida por la administrada Sra. Mariluz Rodríguez Alayza, respecto a su segundo pedido "informe de donaciones recibidas para los damnificados.
Que, mediante Informe N° 212-2023-MPH/GDET/SGGSD/CJMS, de fecha 20 de junio de 2023, la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, en atención a lo solicitado por la administrada, a fin de brindar información real y oportuna respecto a las donaciones recibidas para los damnificados, la sub gerencia informa que la Municipalidad como ente canalizador entre las donaciones que hizo el pueblo Huaralino a los distritos afectados, adjunta información que consta de (09 folios).
Con fecha 05 de julio de 2023, Secretaría General notifica a la interesada, mediante correo electrónico XXXXXXXX la carta N° 650-2023-SG/MPH de fecha 28 de julio 2023, por lo que es preciso indicar que la Entidad ha realizado el seguimiento y la atención oportuna al expediente N° 17159-2023.
Por lo antes expuesto, cumplimos formular descargo al recurso de apelación interpuesto y sus antecedentes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 218 del Texto Único de Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N° 27444 y del artículo 7 del TUO de la Ley de Transparencia, aprobado por D.S. N° 043.2003-PCM, para la evaluación y trámite correspondiente”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala