Resolución N.° 002126-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

4 de agosto de 2023

VISTO: El Expediente de Apelación N° 02146-2023-JUS/TTAIP de fecha 26 de junio de 2023, interpuesto por VICTOR DENNIS BILLUGAS ORELLANA contra la Carta N° 009-2023 COMASGEN-COPNP/VIII MACREOPOL AYA-SEC.UTD de fecha 22 de junio de 2023, mediante el cual la VIII MACRO REGIÓN POLICIAL AYACUCHO, denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada por el recurrente el 20 de junio de 2023.
Con fecha 20 de junio de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública el recurrente solicitó a la entidad que le entregue la siguiente información:
“La nota informativa del operativo del día 19/04/2023, en el puente Mollendo, horas 17:09 pm”.
Mediante Carta N° 009-2023 COMASGEN-COPNP/VIII MACREOPOL AYA-SEC.UTD de fecha 22 de junio de 2023 la entidad responde al recurrente indicando:
“(…) el manual de Documentación Policial, aprobado mediante R.D. N° 776-2016-DIRGEN-EMG-PNP, precisa que las NOTAS INFORMATIVAS, son documentos que contienen la exposición veraz, sucinta, completa y precisa de los hechos a de actividades o situaciones de carácter policial, político, social, disciplinario u otro que por su importancia deben hacerse conocer a la superioridad en forma inmediata y oportuna, tramitándose esta como información CONFIDENCIAL.
Con fecha el 26 de junio del año en curso el recurrente interpuso ante este Tribunal el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública.
Mediante Resolución N° 001940-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso de apelación, solicitando a la entidad la formulación de sus descargos sin que a la fecha haya presentado documentación alguna.
Con fecha 31 de julio de 2023, a través del Oficio N° 847-2023-COMASGEN-CO PNP/VIII MACREOPOL AYA-SEC.UTD, la entidad remite ante este despacho el expediente administrativo, asimismo señala que: “Sobre el particular, mediante el documento "b" de la referencia se remitió a su despacho el expediente administrativo generado par la atención de solicitud de acceso a la información pública presentada por el citado ciudadano, asimismo cabe señalar que con Carta N° 001-2023-VIII MACREPOL AYACUCHO/REGPOL AYACUCHO/DIVOPUS/DUE/UNEME-SEC., del10JUL2023, se dio cumplimiento a lo solicitado por el recurrente, mismo que se adjuntó(sic)”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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