Resolución N.° 003392-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
25 de setiembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación Nº 03058-2023-JUS/TTAIP de fecha 11 de setiembre de 2023, interpuesto por MARTINA MACHADO GUTIERREZ contra el Memorándum N° 000511-2023-SUSALUD-PAG de fecha 7 de setiembre de 2023, mediante el cual la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD – SUSALUD atendió su solicitud de acceso a la información pública de fecha 5 de setiembre de 2023 con N° de registro 0000000807-2023.
Con fecha 5 de setiembre de 2023, la recurrente solicitó a la entidad, se remita por correo electrónico lo siguiente:
“Copia de todos los documentos (Memorándums, proveídos, etc) por los cuales la oficina de gestión de personas de SUSALUD remitió a la Secretaría Técnica del PAD de SUSALUD, los escritos presentados durante todo el año 2022 por Martina Machado Gutiérrez que eran dirigidos a la oficina de Gestión de Personas de SUSALUD”.
Mediante el Memorándum N° 000511-2023-SUSALUD-PAG de fecha 7 de setiembre de 2023, la entidad brindó atención a la solicitud de la recurrente, señalando:
“(…) En ese sentido, es preciso informar que esta Secretaría Técnica se encuentra en la imposibilidad material de cumplir con el requerimiento en el tiempo inicialmente establecido, por los siguientes motivos:
- Actualmente, esta Secretaría Técnica cuenta con excesiva carga procedimental, toda vez que se cuenta con más de 400 expedientes de procedimientos administrativos disciplinarios en tramitación.
- Aunado a ello, debido a temas presupuestales, la Entidad no ha podido renovar los contratos de personal CAS, realizándose un recorte de personal a este Despacho, lo cual ha ocasionado que los recursos humanos con los que se cuenta, se reduzcan de 1 especialista legal y 2 asistentes legales, a contar únicamente con un asistente legal para afrontar la carga procesal de los más de 400 expedientes administrativos disciplinarios.
- Por último, la especialista legal que tenía a su cargo el expediente solicitado por la ciudadana ha cesado sus funciones el 31 de agosto de 2023, por las razones expuestas en el párrafo precedente, encontrándose aún en proceso de entrega de cargo de sus expedientes asignados.
En mérito a lo señalado, para poder brindar la información solicitada resulta necesario que el plazo de entrega de la información requerida, se prorrogue hasta el 27 de octubre de 2023”.
Con fecha 11 de setiembre de 2023, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, manifestando que la entidad no ha cumplido con otorgar la información en el plazo de diez días hábiles señalado en la ley, y añadiendo que “La respuesta brindada no es lo solicitado pues se marcó como DEPENDENCIA DE LA CUAL SE REQUIERE LA INFORMACIÓN a la Oficina de Gestión de Personas – OGPER, NUNCA SE REQUIRIÓ LA INFORMACIÓN A LA Secretaría Técnica del PAD.”
Mediante Resolución N° 003280-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 15 de setiembre de 2023, notificada a la entidad el 19 de setiembre del mismo año, esta instancia le solicitó el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, y la formulación de sus descargos.
Con fecha 5 de setiembre de 2023, la recurrente solicitó a la entidad, se remita por correo electrónico lo siguiente:
“Copia de todos los documentos (Memorándums, proveídos, etc) por los cuales la oficina de gestión de personas de SUSALUD remitió a la Secretaría Técnica del PAD de SUSALUD, los escritos presentados durante todo el año 2022 por Martina Machado Gutiérrez que eran dirigidos a la oficina de Gestión de Personas de SUSALUD”.
Mediante el Memorándum N° 000511-2023-SUSALUD-PAG de fecha 7 de setiembre de 2023, la entidad brindó atención a la solicitud de la recurrente, señalando:
“(…) En ese sentido, es preciso informar que esta Secretaría Técnica se encuentra en la imposibilidad material de cumplir con el requerimiento en el tiempo inicialmente establecido, por los siguientes motivos:
- Actualmente, esta Secretaría Técnica cuenta con excesiva carga procedimental, toda vez que se cuenta con más de 400 expedientes de procedimientos administrativos disciplinarios en tramitación.
- Aunado a ello, debido a temas presupuestales, la Entidad no ha podido renovar los contratos de personal CAS, realizándose un recorte de personal a este Despacho, lo cual ha ocasionado que los recursos humanos con los que se cuenta, se reduzcan de 1 especialista legal y 2 asistentes legales, a contar únicamente con un asistente legal para afrontar la carga procesal de los más de 400 expedientes administrativos disciplinarios.
- Por último, la especialista legal que tenía a su cargo el expediente solicitado por la ciudadana ha cesado sus funciones el 31 de agosto de 2023, por las razones expuestas en el párrafo precedente, encontrándose aún en proceso de entrega de cargo de sus expedientes asignados.
En mérito a lo señalado, para poder brindar la información solicitada resulta necesario que el plazo de entrega de la información requerida, se prorrogue hasta el 27 de octubre de 2023”.
Con fecha 11 de setiembre de 2023, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, manifestando que la entidad no ha cumplido con otorgar la información en el plazo de diez días hábiles señalado en la ley, y añadiendo que “La respuesta brindada no es lo solicitado pues se marcó como DEPENDENCIA DE LA CUAL SE REQUIERE LA INFORMACIÓN a la Oficina de Gestión de Personas – OGPER, NUNCA SE REQUIRIÓ LA INFORMACIÓN A LA Secretaría Técnica del PAD.”
Mediante Resolución N° 003280-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 15 de setiembre de 2023, notificada a la entidad el 19 de setiembre del mismo año, esta instancia le solicitó el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, y la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala