Resolución N.° 003386-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
25 de setiembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02802-2023-JUS/TTAIP de fecha 24 de agosto de 2023, interpuesto por la COMUNIDAD CAMPESINA DE SAN LORENZO DE COCHABAMBA representado por el ciudadano Angel Roberto Gregorio Vargas, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LACHAQUI de fecha 18 de julio de 2023, con expediente N° 278-23.
Según lo manifestado por el recurrente, con fecha 18 de julio de 2023 solicitó a la entidad que le brinde copias de los siguientes documentos:
“1. Copia de los documentos y/o antecedentes que han dado lugar a la modificación del Presupuesto Institucional de Apertura, que deja sin presupuesto para el presente año 2023 de la obra: CONSTRUCCION DE CERCO PERIMETRICO EN LA IE 20288 LACHAQUI.” (sic)
El 09 de agosto de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
A través de la Resolución N° 003068-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió el recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de la emisión de la presente resolución, no se han presentado.
Según lo manifestado por el recurrente, con fecha 18 de julio de 2023 solicitó a la entidad que le brinde copias de los siguientes documentos:
“1. Copia de los documentos y/o antecedentes que han dado lugar a la modificación del Presupuesto Institucional de Apertura, que deja sin presupuesto para el presente año 2023 de la obra: CONSTRUCCION DE CERCO PERIMETRICO EN LA IE 20288 LACHAQUI.” (sic)
El 09 de agosto de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
A través de la Resolución N° 003068-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió el recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de la emisión de la presente resolución, no se han presentado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala