Resolución N.° 003316-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
20 de setiembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 02886-2023-JUS/TTAIP de fecha 28 de agosto de 2023, interpuesto por MIGUEL ÁNGEL SOTO GÓMEZ, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada al PODER JUDICIAL, con fecha 4 de agosto de 2023.
Con fecha 4 de agosto de 2023, el recurrente requirió la siguiente información: “(…) COPIA CERTIFICADA EN FÍSICO de la totalidad de los documentos integrantes del legajo debidamente foliado del servidor público Wilder Iván Ilave Collazos, especialista legal del 5° Juzgado Penal Liquidador de Lima, sede Anselmo Barreto León, legajo que deberá incluir todos los deméritos si los tuviera.” [sic]
Con fecha 28 de agosto de 2023, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, a través del cual sustentó el motivo de su requerimiento.
Mediante la Resolución N° 003108-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 6 de setiembre de 2023, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio, y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Con fecha 4 de agosto de 2023, el recurrente requirió la siguiente información: “(…) COPIA CERTIFICADA EN FÍSICO de la totalidad de los documentos integrantes del legajo debidamente foliado del servidor público Wilder Iván Ilave Collazos, especialista legal del 5° Juzgado Penal Liquidador de Lima, sede Anselmo Barreto León, legajo que deberá incluir todos los deméritos si los tuviera.” [sic]
Con fecha 28 de agosto de 2023, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, a través del cual sustentó el motivo de su requerimiento.
Mediante la Resolución N° 003108-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 6 de setiembre de 2023, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio, y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala