Resolución N.° 003272-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
15 de setiembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 02189-2023-JUS/TTAIP de fecha 27 de agosto de 2023, interpuesto por KAREN VALDEIGLESIAS MONZON contra los correos electrónicos de fecha 22 de agosto de 2023, por los cuales el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 10 de agosto de 2023.
Con fecha 10 de agosto de 2023, la recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico lo siguiente:
“La Municipalidad Distrital de San Sebastían-Cusco ha informado que para la realización de obras de pavimentación de calles, bajo la modalidad de NUCLEOS EJECUTORES, se requiere además de la Ley N°31015 y su reglamento, la emisión de una norma adicional por parte del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. A partir de lo señalado, presentamos las siguientes consultas: i) Confirmar si hay algún proyecto normativo que habilite a los gobiernos locales la realización de obras de pavimentación de calles bajo la modalidad de núcleos ejecutores, ii) De ser afirmativa la respuesta de la primera consulta, confirmar fecha de publicación en el Diario el Peruano; y, iii) Remitir copia del proyecto normativo en mención.” (sic)
Mediante los correos electrónicos de fecha 22 de agosto de 2023 la entidad indicó lo siguiente:
“Es grato saludarla, del mismo modo trasladar la respuesta brindada por la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo a su solicitud de información con registro HT 118513-2023. Asimismo, señalar que su consulta también ha sido trasladada al Programa Mejoramiento Integral de Barrios, quedando a la espera de sus alcances.
Cabe precisar, que el presente pedido no se encuentra dentro de los alcances de la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Pedido Administrativo Art. 117.2 Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General)”
Además consta en autos el correo electrónico de fecha 17 de agosto de 2023, que refiere:
“En esta solicitud el administrado requiere información respecto a la existencia de algún proyecto normativo que habilite a los gobiernos locales la realización de obras de pavimentación de calles bajo la modalidad de núcleos ejecutores.
Al respecto informamos que en esta dirección General no existe ningún proyecto referente a núcleos ejecutores. Más aún, estos están a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS.”
Con fecha 27 de agosto de 2023, la recurrente interpone el recurso de apelación materia de análisis contra la referida comunicación alegando que la entidad no le brindó una respuesta completa pues falta la respuesta del Programa Mejoramiento Integral de Barrios.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003064-2023/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 1 de setiembre de 2023, notificada a la entidad en fecha 5 de setiembre de 2023, esta instancia solicitó la remisión del expediente administrativo y la formulación de sus descargos.
Con fecha 10 de agosto de 2023, la recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico lo siguiente:
“La Municipalidad Distrital de San Sebastían-Cusco ha informado que para la realización de obras de pavimentación de calles, bajo la modalidad de NUCLEOS EJECUTORES, se requiere además de la Ley N°31015 y su reglamento, la emisión de una norma adicional por parte del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. A partir de lo señalado, presentamos las siguientes consultas: i) Confirmar si hay algún proyecto normativo que habilite a los gobiernos locales la realización de obras de pavimentación de calles bajo la modalidad de núcleos ejecutores, ii) De ser afirmativa la respuesta de la primera consulta, confirmar fecha de publicación en el Diario el Peruano; y, iii) Remitir copia del proyecto normativo en mención.” (sic)
Mediante los correos electrónicos de fecha 22 de agosto de 2023 la entidad indicó lo siguiente:
“Es grato saludarla, del mismo modo trasladar la respuesta brindada por la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo a su solicitud de información con registro HT 118513-2023. Asimismo, señalar que su consulta también ha sido trasladada al Programa Mejoramiento Integral de Barrios, quedando a la espera de sus alcances.
Cabe precisar, que el presente pedido no se encuentra dentro de los alcances de la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Pedido Administrativo Art. 117.2 Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General)”
Además consta en autos el correo electrónico de fecha 17 de agosto de 2023, que refiere:
“En esta solicitud el administrado requiere información respecto a la existencia de algún proyecto normativo que habilite a los gobiernos locales la realización de obras de pavimentación de calles bajo la modalidad de núcleos ejecutores.
Al respecto informamos que en esta dirección General no existe ningún proyecto referente a núcleos ejecutores. Más aún, estos están a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS.”
Con fecha 27 de agosto de 2023, la recurrente interpone el recurso de apelación materia de análisis contra la referida comunicación alegando que la entidad no le brindó una respuesta completa pues falta la respuesta del Programa Mejoramiento Integral de Barrios.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003064-2023/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 1 de setiembre de 2023, notificada a la entidad en fecha 5 de setiembre de 2023, esta instancia solicitó la remisión del expediente administrativo y la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala