Resolución N.° 002809-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
29 de setiembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 02991-2023-JUS/TTAIP de fecha 04 de setiembre de 2023, interpuesto por FRANCO JHONY RAMIREZ SALDIVAR contra la Carta N° 15-2023-AAAR-SGAL-MDP de fecha 05 de abril de 2023, mediante la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARAMONGA atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 31 de marzo de 2023.
Con fecha 31 de marzo de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad entregue la siguiente información:
“A) Copia fedateada por el secretario general del acuerdo de concejo N°006-2022-SE-CM-MDP.
B) Copia fedateada por el secretario general del acta de sesión de concejo de fecha 10 de agosto del 2022, en la cual se realiza la sesión de concejo para la remoción y designación de los miembros del directorio de EMESEMSA.”
Mediante la Carta Nº 15-2023-AAAR-SGAL-MDP de fecha 05 de abril de 2023, en atención a la solicitud formulada, la entidad comunicó al recurrente que: “lamentamos informarle que luego de una exhaustiva búsqueda en el acervo documentario de la oficina de Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Paramonga no se encontró los documentos requerido líneas arriba.”
Con fecha 25 de abril de 2023, el recurrente interpuso recurso de apelación ante la entidad. Al no recibir respuesta, con fecha 04 de setiembre de 2023, el recurrente interpuso ante este Tribunal el recurso de apelación materia de análisis, manifestando su desacuerdo con los argumentos expuestos por la entidad, agregando que la respuesta a su solicitud de información publica fue de forma incompleta, incongruente y denegatoria.
Mediante la Resolución 002684-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio, requiriéndose a la entidad la remisión del expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, requerimientos que no fueron atendidos dentro del plazo otorgado.
Con fecha 31 de marzo de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad entregue la siguiente información:
“A) Copia fedateada por el secretario general del acuerdo de concejo N°006-2022-SE-CM-MDP.
B) Copia fedateada por el secretario general del acta de sesión de concejo de fecha 10 de agosto del 2022, en la cual se realiza la sesión de concejo para la remoción y designación de los miembros del directorio de EMESEMSA.”
Mediante la Carta Nº 15-2023-AAAR-SGAL-MDP de fecha 05 de abril de 2023, en atención a la solicitud formulada, la entidad comunicó al recurrente que: “lamentamos informarle que luego de una exhaustiva búsqueda en el acervo documentario de la oficina de Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Paramonga no se encontró los documentos requerido líneas arriba.”
Con fecha 25 de abril de 2023, el recurrente interpuso recurso de apelación ante la entidad. Al no recibir respuesta, con fecha 04 de setiembre de 2023, el recurrente interpuso ante este Tribunal el recurso de apelación materia de análisis, manifestando su desacuerdo con los argumentos expuestos por la entidad, agregando que la respuesta a su solicitud de información publica fue de forma incompleta, incongruente y denegatoria.
Mediante la Resolución 002684-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio, requiriéndose a la entidad la remisión del expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, requerimientos que no fueron atendidos dentro del plazo otorgado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala