Resolución N.° 002791-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
27 de setiembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 02851-2023-JUS/TTAIP de fecha 24 de agosto de 2023, interpuesto por ALFREDO GASPAR MEDINA CALERO contra la Carta s/n de fecha 10 de agosto de 2023, mediante el cual la I.E. N°. 6085 BRIGIDA SILVA DE OCHOA - CHORRILLOS, dio respuesta a sus solicitudes de acceso a la información pública de fecha 26 de julio de 2023, mediante Informes N° 024-2023/AMC-OFSEC/BSO/CHO y 25-2023/AMC-OFSEC/BSO/CHO.
Con fecha 26 de julio de 2023, el recurrente solicitó a la entidad la entrega de lo siguiente:
1. “INFORME DETALLADO DE LAS EVIDENCIAS DEL TRABAJO REALIZADO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA I.E. PRODUCTO DE LA RECUPERACIÒN DEL DIA VIERNES 30 de junio de 2023 DECLARADO FERIADO NO LABORABLE sujeto a recuperación de cada uno de los trabajadores administrativos de la institución educativa y la respectiva solicitud hecha a cada uno de ellos por parte de su despacho o en su defecto la debida justificación de recuperación de labores de dicho día de alguno de ellos de ser el caso”.
2. “REPORTES IMPRESOS DETALLADOS DEL RELOJ BIOMÈTRICO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO y de servicio de las I.E. correspondientes a los MESES DE JUNIO Y JULIO DEL 2023, siendo este instrumento institucional de sistema de control de asistencias y de ingreso y salida de todo el personal en pleno de la institución educativa en todo lo que va del presente año 2023”.
Mediante Carta s/n de fecha 10 de agosto de 2023, la entidad responde al recurrente lo siguiente: “(…) Por el presente me dirijo a usted a fin de dar respuesta a los documentos arriba mencionados: 1° En relación a su primer pedido se le adjunta la información solicitada, a través de su WhatsApp (…) toda vez que esta información se encuentra digitalizada. Cabe mencionar que se restringen datos personales en merito a la ley correspondiente.
2° Para poder alcanzar su segundo petitorio deberá abonar el importe de 26 copias en la librería de la IE, y acercarse con váucher de pago a la oficina de la secretaria”.
Con fecha 24 de agosto de 2023 el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, señalando: “(…) Que, siendo el día Jueves 10 de agosto del 2023 recibo el documento de respuesta a mis dos solicitudes, en el cual no se me brinda lo solicitado enviándome a través de mi WhatsApp solamente un Excel prácticamente vacío en el cual figura sólo mi nombre y apellido y mi registro de entrada y salida de los meses de Junio y Julio del 2023, constituyendo esto una mala atención a mis pedidos, desvirtuando la información y entorpeciendo la respuesta que se me brinda (…)”
Mediante Resolución 002645-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la presentación de sus descargos de considerarlo pertinente.
Con Oficios N°. 000247-2023/DGIE/ 6085-BSO y N°. 000252-2023/DGIE/ 6085-BSO remitidos a esta instancia el 25 y 27 de setiembre del año en curso, la entidad presenta sus descargos, señalando: “(…) debo hacer de su conocimiento que la suscrita en ningún momento negó la información solicitada, debiendo señalar que el pedido de solicitud de acceso a la información pública presentada ante la I.E. 6085 BRIGIDA SILVA DE OCHOA – CHORRILLOS, con fecha 26 de julio del 2023, por el señor ALFREDO GASPAR MEDINA CALERO, en vísperas del feriado de fiestas patrias, por lo que fue atendido dentro de los días hábiles de acuerdo a ley, el mismo que fue recibido y firmado de puño y letra por el señor Medina. Se señala en el documento que abone el importe de 26 copias en la librería de la I.E. para poder alcanzar su petitorio, el mismo que adjunto al presente (…)”.
Con fecha 26 de julio de 2023, el recurrente solicitó a la entidad la entrega de lo siguiente:
1. “INFORME DETALLADO DE LAS EVIDENCIAS DEL TRABAJO REALIZADO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA I.E. PRODUCTO DE LA RECUPERACIÒN DEL DIA VIERNES 30 de junio de 2023 DECLARADO FERIADO NO LABORABLE sujeto a recuperación de cada uno de los trabajadores administrativos de la institución educativa y la respectiva solicitud hecha a cada uno de ellos por parte de su despacho o en su defecto la debida justificación de recuperación de labores de dicho día de alguno de ellos de ser el caso”.
2. “REPORTES IMPRESOS DETALLADOS DEL RELOJ BIOMÈTRICO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO y de servicio de las I.E. correspondientes a los MESES DE JUNIO Y JULIO DEL 2023, siendo este instrumento institucional de sistema de control de asistencias y de ingreso y salida de todo el personal en pleno de la institución educativa en todo lo que va del presente año 2023”.
Mediante Carta s/n de fecha 10 de agosto de 2023, la entidad responde al recurrente lo siguiente: “(…) Por el presente me dirijo a usted a fin de dar respuesta a los documentos arriba mencionados: 1° En relación a su primer pedido se le adjunta la información solicitada, a través de su WhatsApp (…) toda vez que esta información se encuentra digitalizada. Cabe mencionar que se restringen datos personales en merito a la ley correspondiente.
2° Para poder alcanzar su segundo petitorio deberá abonar el importe de 26 copias en la librería de la IE, y acercarse con váucher de pago a la oficina de la secretaria”.
Con fecha 24 de agosto de 2023 el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, señalando: “(…) Que, siendo el día Jueves 10 de agosto del 2023 recibo el documento de respuesta a mis dos solicitudes, en el cual no se me brinda lo solicitado enviándome a través de mi WhatsApp solamente un Excel prácticamente vacío en el cual figura sólo mi nombre y apellido y mi registro de entrada y salida de los meses de Junio y Julio del 2023, constituyendo esto una mala atención a mis pedidos, desvirtuando la información y entorpeciendo la respuesta que se me brinda (…)”
Mediante Resolución 002645-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la presentación de sus descargos de considerarlo pertinente.
Con Oficios N°. 000247-2023/DGIE/ 6085-BSO y N°. 000252-2023/DGIE/ 6085-BSO remitidos a esta instancia el 25 y 27 de setiembre del año en curso, la entidad presenta sus descargos, señalando: “(…) debo hacer de su conocimiento que la suscrita en ningún momento negó la información solicitada, debiendo señalar que el pedido de solicitud de acceso a la información pública presentada ante la I.E. 6085 BRIGIDA SILVA DE OCHOA – CHORRILLOS, con fecha 26 de julio del 2023, por el señor ALFREDO GASPAR MEDINA CALERO, en vísperas del feriado de fiestas patrias, por lo que fue atendido dentro de los días hábiles de acuerdo a ley, el mismo que fue recibido y firmado de puño y letra por el señor Medina. Se señala en el documento que abone el importe de 26 copias en la librería de la I.E. para poder alcanzar su petitorio, el mismo que adjunto al presente (…)”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala