Resolución N.° 002787-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
26 de setiembre de 2023
VISTO: el Expediente de Apelación N° 02857-2023-JUS/TTAIP de fecha 24 de agosto de 2023, interpuesto por ALFREDO GASPAR MEDINA CALERO, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo, de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la I.E. N°. 6085 BRIGIDA SILVA DE OCHOA - CHORRILLOS, con fecha 8 de agosto de 2023.
Con fecha 8 de agosto de 2023, el recurrente solicitó a la entidad:
"(…) COPIA DE LOS CONTRATOS DE LIBRERÍA Y CAFETERÍA Y CONTRATOS DE LAS FERIAS “PANCHITO Y SUS PULGAS” Y “MERCADO CACHINERO” llevadas a cabo los fines de semana en las instalaciones de la Institución Educativa como parte sustentatoria. Cabe anotar que el pedido lo hago por indicación de la Sra. Tesorera del Comité de Recursos Propios, quien en conversaciones con mi persona me manifestó que la parte de solicitar contratos se lo haga directamente a usted Sra. Directora debido a que usted custodia dicha documentación”.
Con fecha 24 de agosto de 2023 el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 002646-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso de apelación, solicitando a la entidad la remisión del expediente administrativo y la formulación de sus descargos.
Mediante Oficio N° 247-2023/DGIE/ 6085-BSO con fecha 25 setiembre del año en curso, la entidad remite sus descargos y señala:
“(…) debo de hacer de su conocimiento que la suscrita en ningún momento negó la información solicitada, debiendo señalar que el pedido de solicitud de acceso a la información pública presentada ante la I.E. N°. 6085 BRIGIDA SILVA DE OCHOA - CHORRILLOS, con fecha 8 de agosto 2023 por el señor ALFREDO GASPAR MEDINA CALERO, relacionadacon el pedido formulado con fecha 14 de julio de 2023, en la cual se le informa con fecha 26 de julio de 2023, que se le entregara las copias debiendo apersonarse a la Tesorera de la Comisión de Recursos Propios de la Institución Educativa con el pago de las copias en el servicio de fotocopiado por la cantidad de 100 hojas, a fin de hacer entrega de su requerimiento, en ese sentido la respuesta del impugnante de puño y letra fue la siguiente: “Recibido 26-07-2023 12:05 pm, Nota: el pago de las copias del servicio de fotocopiadora al que usted hace referencia, mi persona verá la manera más idónea de contar con dicha información, habiendo conversado con la tesorera de la comisión el día de ayer martes 25/07 con respecto al particular, firma”. Documentación que adjunto a la presente (…)”.
Con fecha 8 de agosto de 2023, el recurrente solicitó a la entidad:
"(…) COPIA DE LOS CONTRATOS DE LIBRERÍA Y CAFETERÍA Y CONTRATOS DE LAS FERIAS “PANCHITO Y SUS PULGAS” Y “MERCADO CACHINERO” llevadas a cabo los fines de semana en las instalaciones de la Institución Educativa como parte sustentatoria. Cabe anotar que el pedido lo hago por indicación de la Sra. Tesorera del Comité de Recursos Propios, quien en conversaciones con mi persona me manifestó que la parte de solicitar contratos se lo haga directamente a usted Sra. Directora debido a que usted custodia dicha documentación”.
Con fecha 24 de agosto de 2023 el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 002646-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso de apelación, solicitando a la entidad la remisión del expediente administrativo y la formulación de sus descargos.
Mediante Oficio N° 247-2023/DGIE/ 6085-BSO con fecha 25 setiembre del año en curso, la entidad remite sus descargos y señala:
“(…) debo de hacer de su conocimiento que la suscrita en ningún momento negó la información solicitada, debiendo señalar que el pedido de solicitud de acceso a la información pública presentada ante la I.E. N°. 6085 BRIGIDA SILVA DE OCHOA - CHORRILLOS, con fecha 8 de agosto 2023 por el señor ALFREDO GASPAR MEDINA CALERO, relacionadacon el pedido formulado con fecha 14 de julio de 2023, en la cual se le informa con fecha 26 de julio de 2023, que se le entregara las copias debiendo apersonarse a la Tesorera de la Comisión de Recursos Propios de la Institución Educativa con el pago de las copias en el servicio de fotocopiado por la cantidad de 100 hojas, a fin de hacer entrega de su requerimiento, en ese sentido la respuesta del impugnante de puño y letra fue la siguiente: “Recibido 26-07-2023 12:05 pm, Nota: el pago de las copias del servicio de fotocopiadora al que usted hace referencia, mi persona verá la manera más idónea de contar con dicha información, habiendo conversado con la tesorera de la comisión el día de ayer martes 25/07 con respecto al particular, firma”. Documentación que adjunto a la presente (…)”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala