Resolución N.° 002603-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

11 de setiembre de 2023

VISTO: El Expediente de Apelación N° 02551-2023-JUS/TTAIP de fecha 01 de agosto de 2023, interpuesto por ALICIA BENIGNA HURTADO SALDAÑA contra el Oficio N° 0501-2023-DG-IESP“HNO.VEG”/.C, de fecha 26 de julio de 2023, mediante el cual el IESP “HNO. VICTORINO ELORZ GOICOECHEA”, responde a la solicitud de acceso a la información pública presentada por la recurrente el 17 de julio de 2023.
La recurrente, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, solicitó a la entidad la siguiente información:
“(…) solicito la entrega de la siguiente información pública remitida a la DRE Cajamarca
a) Copia del parte mensual de asistencia del mes de enero-2023
b) Copia del parte mensual de asistencia del mes de febrero-2023
c) Copia del parte mensual de asistencia del mes de marzo-2023
d) Copia del parte mensual de asistencia del mes de abril -2023
e) Copia del parte mensual de asistencia del mes de mayo-2023
f) Copia del parte mensual de asistencia del mes de junio – 2023
La entidad, a través del Oficio N° 0501-2023-DG-IESP“HNO.VEG”/.C, de fecha 26 de julio de 2023, responde la solicitud de información pública; alegando que: “En el caso en concreto, la norma general establece que el procedimiento debe ser interpretado en sentido favorable a la admisión y decisión final de las pretensiones de los administrados conminando a darle sentido a sus pretensiones sin que genere una carga adicional para la administración, por ello debemos señalar que las decisiones administrativas en cuanto a la asistencia del personal las adopta la Dirección Regional de Educación, por lo que su solicitud deberá ser canalizado con nuestro superior jerárquico”.
El 01 de agosto de 2023, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 002364-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos. Posteriormente, la entidad remitió el expediente administrativo y formuló sus descargos mediante Oficio Nº 0712-2023-DG-IESP “HNO.VEG”.C el día 06 de setiembre de 2023.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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