Resolución N.° 002298-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
4 de julio de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 01787-2023-JUS/TTAIP de fecha 31 de mayo de 2023, interpuesto por RONALD ALEX GAMARRA HERRERA, contra la respuesta contenida en el Oficio N° 004632-2023-MP-FN-PJFSLIMA, remitido mediante correo electrónico de fecha 10 de mayo de 2023, a través del cual el MINISTERIO PÚBLICO - FISCALÍA DE LA NACIÓN, atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 2 de mayo de 2023.
Con fecha 2 de mayo de 2023, el recurrente requirió a la entidad la remisión por correo electrónico de la siguiente información: “La nómina de profesionales y especialistas altamente calificados (peritos), de apoyo a la labor fiscal, que aparece en el Registro de Peritos Fiscales, con indicación específica y actualizada de su profesión, especialidad, faltas, deméritos y sanciones impuestas.”
Mediante el Oficio N° 004632-2023-MP-FN-PJFSLIMA, remitido al recurrente mediante el correo electrónico de fecha 10 de mayo de 2023, el Área Legal de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro adjuntó el OFICIO N° 006188-2023-MP-FN-GG-OPERIT de fecha 8 de mayo de 2023, a través del cual la Oficina de Peritajes informa a la aludida presidencia lo siguiente:
“(…)
Asimismo, en relación al Registro de Peritos Fiscales, se señala mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N°1644-2014-MP-FN de fecha 05 de mayo del 2014, se aprobó la nómina de 423 profesionales y/o especialistas seleccionados a ser inscritos en el Registro de Peritos Fiscales (REPEF) – (ANEXO A).
Ahora bien, en relación a lo solicitado, acerca de las faltas, deméritos y sanciones impuestas a los Peritos, se informa que, según lo establecido en el inciso n) del Artículo 82 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones con Enfoque de Gestión por Resultados, entre las funciones administrativas y ejecutoras de la Oficina General de Potencial Humano, es:
n. Actualizar la información relativa al Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido del Personal de la Institución. (negrita es nuestro). En tal sentido, la Oficina no tiene a cargo el manejo y control de sanciones, faltas y deméritos de los Peritos.
Ahora bien, se comunica a su Despacho, que la Oficina de Peritajes, maneja únicamente la relación de peritos que conforman las áreas forenses de la Oficina (ANEXO B), la misma que se adjunta en el presente documentos, para los fines correspondientes.
(…)”.
Con fecha 2 de mayo de 2023, el recurrente requirió a la entidad la remisión por correo electrónico de la siguiente información: “La nómina de profesionales y especialistas altamente calificados (peritos), de apoyo a la labor fiscal, que aparece en el Registro de Peritos Fiscales, con indicación específica y actualizada de su profesión, especialidad, faltas, deméritos y sanciones impuestas.”
Mediante el Oficio N° 004632-2023-MP-FN-PJFSLIMA, remitido al recurrente mediante el correo electrónico de fecha 10 de mayo de 2023, el Área Legal de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro adjuntó el OFICIO N° 006188-2023-MP-FN-GG-OPERIT de fecha 8 de mayo de 2023, a través del cual la Oficina de Peritajes informa a la aludida presidencia lo siguiente:
“(…)
Asimismo, en relación al Registro de Peritos Fiscales, se señala mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N°1644-2014-MP-FN de fecha 05 de mayo del 2014, se aprobó la nómina de 423 profesionales y/o especialistas seleccionados a ser inscritos en el Registro de Peritos Fiscales (REPEF) – (ANEXO A).
Ahora bien, en relación a lo solicitado, acerca de las faltas, deméritos y sanciones impuestas a los Peritos, se informa que, según lo establecido en el inciso n) del Artículo 82 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones con Enfoque de Gestión por Resultados, entre las funciones administrativas y ejecutoras de la Oficina General de Potencial Humano, es:
n. Actualizar la información relativa al Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido del Personal de la Institución. (negrita es nuestro). En tal sentido, la Oficina no tiene a cargo el manejo y control de sanciones, faltas y deméritos de los Peritos.
Ahora bien, se comunica a su Despacho, que la Oficina de Peritajes, maneja únicamente la relación de peritos que conforman las áreas forenses de la Oficina (ANEXO B), la misma que se adjunta en el presente documentos, para los fines correspondientes.
(…)”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala