Resolución N.° 002975-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

13 de octubre de 2023

VISTO el Expediente de Apelación N° 03248-2023-JUS/TTAIP de fecha 22 de setiembre de 2023, interpuesto por OSCAR SEGUNDO MUÑOZ BUSTAMANTE, contra la CARTA N° 046-2023-MPP/AIP de fecha 5 de setiembre de 2023, mediante la cual la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACASMAYO atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 11 de agosto de 2023.
Con fecha 11 de agosto de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la entrega por correo electrónico de la siguiente información:
“(…) solicito se me brinde copia escaneada de todas las órdenes de compra y ordenes de servicios, así como los contratos celebrados por la Municipalidad desde el 01 de enero del 2023, hasta la actualidad”.
Mediante la CARTA N° 046-2023-MPP/AIP de fecha 5 de setiembre de 2023, la entidad brindó respuesta a la referida solicitud, señalando lo siguiente:
“Que, respecto a la solicitud presentada por Acceso a la Información Pública, contenida en el Expediente de la referencia de fecha 11-08-2023, y de conformidad con literal a) del artículo 5° del Decreto Supremo N° 072-2003-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cumplo con informarle que:
Mediante Informe N° 946-2023-SGL-MPP, el Sub Gerente de Logística, en mérito al Informe N° 059-2023-MPP/AIP e Informe N° 080-2023-MPP/AIP, informa que, en cuanto a las copias escaneadas de todas las órdenes de compra y órdenes de servicio, así como de los contratos celebrados por la Entidad, precisa que desde el 01 de enero del 2023 hasta la actualidad se tienen los registros ordenados y copia de los expedientes en custodia de la Sub Gerencia de Logística. Asimismo, manifiesta que según la solicitud, indica periodo hasta la actualidad, del mismo modo se debe tener en cuenta que ello implica destinar a un personal para que se dedique exclusivamente a atender dicha solicitud con lo cual se vería afectado el normal desarrollo de la carga laboral que se tiene actualmente en dicha Sub Gerencia, precisando que el registro de las órdenes de compra y servicio puede ser visualizado en el sistema electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE, y pueden ser consultadas las órdenes de aquellas compras y servicios supervisados por el OSCE según artículo 5.1. cumpliendo en el registro oportuno hasta la actualidad. Para lo cual puede tener acceso a dicha información mediante Link, que se detalla en el presente Informe, que se adjunta en 04 folios”. (sic)

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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