Resolución N.° 002890-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

6 de octubre de 2023

VISTO el Expediente de Apelación N° 03006-2023-JUS/TTAIP de fecha 6 de setiembre de 2023 interpuesto por DANTE RENZO MARSANO MOYANO, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo, según alega el recurrente, de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE - IPD con fecha 15 de agosto de 2023.
Con fecha 15 de agosto de 2023, el recurrente solicitó a la entidad remita por correo electrónico lo siguiente:
“Precisar si la persona de Fabrizio Antonio Pacussich Zanobini, (…) ha sido DECAN deportista calificado de alto nivel antes del 24.01.2017. De ser el caso solicito copia de los documentos que fueron presentados en su oportunidad para acreditar su condición de DECAN”.
Con fecha 6 de setiembre de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución 002751-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.
Mediante Carta N° 000544-2023-TAIP/IPD la entidad con fecha 4 de octubre de 2023 presenta ante esta instancia sus descargos y señala que: “(…) es preciso comunicar que, el requerimiento efectuado por el ciudadano DANTE RENZO MARSANO MOYANO, fue atendido con Carta Nº 000496-2023-TAIP/IPD de fecha 13 de setiembre 2023, la cual se adjunta al presente, así también, se adjunta el cargo de presentación y registro de recepción documental efectuada a través de correo electrónico; documentos que evidencian que se cumplió con atender lo solicitado.”

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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