Resolución N.° 002260-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
28 de junio de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 01680-2023-JUS/TTAIP de fecha 25 de mayo de 2023, interpuesto por SMTM PERÚ S.A.C. contra el Memorándum N° 0343-2023- MIDAGRISENASA-DIAIA de fecha 10 de mayo de 2023, mediante el cual el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA - SENASA denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 14 de abril de 2023.
Mediante solicitud de fecha 14 de abril de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la empresa recurrente solicitó se le remita por correo electrónico la documentación que a continuación se detalla:
“Copia simple de los certificados de permiso experimental otorgados por la Subdirección de Insumos Agrícolas, durante el periodo de ENERO 2023 a la fecha, de aquellos productos que contengan el ingrediente activo Fenpyrazamine, ya sea como único activo o contenido de su composición” (sic)
Mediante Memorándum N° 0343-2023-MIDAGRISENASA-DIAIA de fecha 10 de mayo de 2023, la entidad denegó el requerimiento de la administrada señalándole lo siguiente: “(…) esta Dirección [Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria] no ha creado o producido la información solicitada, por lo que no es viable poder atender lo requerido por el usuario.”
Mediante solicitud de fecha 14 de abril de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la empresa recurrente solicitó se le remita por correo electrónico la documentación que a continuación se detalla:
“Copia simple de los certificados de permiso experimental otorgados por la Subdirección de Insumos Agrícolas, durante el periodo de ENERO 2023 a la fecha, de aquellos productos que contengan el ingrediente activo Fenpyrazamine, ya sea como único activo o contenido de su composición” (sic)
Mediante Memorándum N° 0343-2023-MIDAGRISENASA-DIAIA de fecha 10 de mayo de 2023, la entidad denegó el requerimiento de la administrada señalándole lo siguiente: “(…) esta Dirección [Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria] no ha creado o producido la información solicitada, por lo que no es viable poder atender lo requerido por el usuario.”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala