Resolución N.° 003183-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
11 de setiembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 02786-2023-JUS/TTAIP de fecha 18 de agosto de 2023, interpuesto por ROCIO DEL PILAR HUALLPA CARDENAS contra la Carta N° 012-2023-UNAB/RBIAP de fecha 18 de agosto de 2023, mediante la cual la UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA atendió su solicitud de acceso a la información pública de fecha 25 de julio de 2023, registrado con Expediente N° 3370-2023.
Con fecha 25 de julio de 2023 la recurrente solicitó a la entidad:
“solicito saber si se encuentra registrada en el repositorio de la Universidad Nacional de Barranca, a nivel de Facultades o Escuelas de Postgrado la tesis titulada: “El liderazgo electrónico y el teletrabajo en la Escuela Nacional de Salud Pública – ENSAP, durante la pandemia Covid 19 en el 2022”, alguna con similar título y a quién pertenece”.
Mediante la Carta N° 012-2023-UNAB/RBIAP, la entidad brindó atención a la solicitud, señalando:
“Al respecto, cumplo con comunicarle que las solicitudes destinadas a que la entidad haga constar un hecho, no forman parte del ejercicio del derecho de acceso a la información pública, sino que corresponden a ser atendidas bajo el derecho de petición administrativa. Por tanto, sugerimos remitir su solicitud a la Unidad de Publicaciones Científicas. Asimismo, manifestarle que la Universidad Nacional de Barranca actualmente cuenta con Escuelas Profesionales, a quienes deberá remitir estas solicitudes, mientras que, por el momento, no se cuenta con Escuela de Posgrado”.
Con fecha 18 de agosto de 2023, la recurrente interpuso el recurso de apelación contra la Carta N° 012-2023-UNAB/RBIAP, manifestando que en otras oportunidades se entregó la información.
Con fecha 25 de julio de 2023 la recurrente solicitó a la entidad:
“solicito saber si se encuentra registrada en el repositorio de la Universidad Nacional de Barranca, a nivel de Facultades o Escuelas de Postgrado la tesis titulada: “El liderazgo electrónico y el teletrabajo en la Escuela Nacional de Salud Pública – ENSAP, durante la pandemia Covid 19 en el 2022”, alguna con similar título y a quién pertenece”.
Mediante la Carta N° 012-2023-UNAB/RBIAP, la entidad brindó atención a la solicitud, señalando:
“Al respecto, cumplo con comunicarle que las solicitudes destinadas a que la entidad haga constar un hecho, no forman parte del ejercicio del derecho de acceso a la información pública, sino que corresponden a ser atendidas bajo el derecho de petición administrativa. Por tanto, sugerimos remitir su solicitud a la Unidad de Publicaciones Científicas. Asimismo, manifestarle que la Universidad Nacional de Barranca actualmente cuenta con Escuelas Profesionales, a quienes deberá remitir estas solicitudes, mientras que, por el momento, no se cuenta con Escuela de Posgrado”.
Con fecha 18 de agosto de 2023, la recurrente interpuso el recurso de apelación contra la Carta N° 012-2023-UNAB/RBIAP, manifestando que en otras oportunidades se entregó la información.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala