Resolución N.° 003135-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
7 de setiembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 02694-2023-JUS/TTAIP de fecha 14 de agosto de 2023, interpuesto por DANIA COZ BARON contra el Informe N° 000143-2023 1400-GSCTGRD/MDS de fecha 20 de julio de 2023, Informe N° 887-2023-0830-SL GAF/MSI de fecha 19 de julio de 2023, ambos notificado por correo electrónico el 25 de julio de 2023 y contra el Informe N°021-2023-JCSF-GTIC/MSI de fecha 24 de julio de 2023 notificado por correo electrónico el 3 de agosto de 2023; mediante los cuales la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ISIDRO atendió parcialmente su solicitud de acceso a la información pública presentada el 14 de julio de 2023, registrada con solicitud N° 31370-2023- Expediente N° 9928-2023.
Con fecha 14 de julio de 2023, la recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico lo siguiente:
“1. Copia de los Protocolos de seguridad del sistema de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.
2. Copia de las Auditorías al software del sistema de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.
3. Copia de los contratos, ordenes de compra o de servicios de las contrataciones realizadas para la implementación y puesta en marcha del sistema de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.
4. En caso de que el software haya sido desarrollado inhouse, copia de los contratos y curriculums de las personas que conformaron el equipo de programación del sistema de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.
5. Copia de todos los informes u opiniones, técnicos o jurídicos, internos o externos, sobre la viabilidad e implementación del del sistema de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.
6. Copia de todos los informes u opiniones, técnicos o jurídicos, internos o externos, sobre los sesgos y riesgos de los sistemas de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.
7. Copia del Registro de base de datos ante la Autoridad Nacional de Protección de Datos personales del sistema de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.
8. Copia de la Politica de protección de datos personales del sistema de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.
9. Protocolo, Manual, Directiva u documento análogo en el que se encuentren las políticas de uso y los mecanismos de control del sistema de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.” (sic)
Con fecha 14 de julio de 2023, la recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico lo siguiente:
“1. Copia de los Protocolos de seguridad del sistema de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.
2. Copia de las Auditorías al software del sistema de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.
3. Copia de los contratos, ordenes de compra o de servicios de las contrataciones realizadas para la implementación y puesta en marcha del sistema de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.
4. En caso de que el software haya sido desarrollado inhouse, copia de los contratos y curriculums de las personas que conformaron el equipo de programación del sistema de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.
5. Copia de todos los informes u opiniones, técnicos o jurídicos, internos o externos, sobre la viabilidad e implementación del del sistema de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.
6. Copia de todos los informes u opiniones, técnicos o jurídicos, internos o externos, sobre los sesgos y riesgos de los sistemas de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.
7. Copia del Registro de base de datos ante la Autoridad Nacional de Protección de Datos personales del sistema de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.
8. Copia de la Politica de protección de datos personales del sistema de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.
9. Protocolo, Manual, Directiva u documento análogo en el que se encuentren las políticas de uso y los mecanismos de control del sistema de cámaras de seguridad de reconocimiento facial.” (sic)
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala