Resolución N.° 001826-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
7 de julio de 2023
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01367-2023-JUS/TTAIP de fecha 03 de mayo de 2023, interpuesto por SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA NACIONAL DE LA COCA S.A. contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la ENACO con fecha 10 de abril de 2023.
Con fecha 10 de abril de 2023, mediante la Carta N° 028-2023-SINTEC, el sindicato recurrente solicitó a la entidad, se remita a su correo electrónico, la siguiente información:
“a) La Oficina de Asesoría Jurídica Legal (OAL) de ENACO proporcione desde el año 2016 a la fecha (adjuntar también hoja de cálculo):
i) Relación de procesos juridiciales por asignación familiar por la que ha sido demandada ENACO, estado actual del proceso, monto de la demanda y de ser el caso, monto ya pagado.
ii) Relación de costos y costas pagadas por la empresa producto de la pérdida de procesos judiciales por concepto de Asignación Familiar en litigios individuales por ese concepto o como parte de otras reclamaciones.
iii) Relación de montos de intereses por deudas pagadas por ENACO por procesos judiciales con sentencia firme de demandas por Asignación Familiar.
iv) Relación de montos pagados por el concepto de asesoría legal externa para defensa de ENACO en procesos judiciales contra la empresa por concepto de demandas por Asignación Familiar.
v) Copia de informes emitido por OAL y/o terceros para ENACO sobre el costo – beneficio de permitir el inicio de procesos judiciales por deudas con trabajadores y extrabajadores por Asignación Familiar versus conciliar las mismas.
vi) Copia de Informes emitidos por OAL donde se alerta a las gerencias o Directorio sobre perjuicio a ENACO por el inicio de procesos judiciales por Asignación Familiar a pesar de tener varias sentencias firmes en contra de la empresa, que incluso tienen similares sustento de demanda. (…)”
Con fecha 3 de mayo de 2023, el sindicato recurrente interpuso su recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Con fecha 10 de abril de 2023, mediante la Carta N° 028-2023-SINTEC, el sindicato recurrente solicitó a la entidad, se remita a su correo electrónico, la siguiente información:
“a) La Oficina de Asesoría Jurídica Legal (OAL) de ENACO proporcione desde el año 2016 a la fecha (adjuntar también hoja de cálculo):
i) Relación de procesos juridiciales por asignación familiar por la que ha sido demandada ENACO, estado actual del proceso, monto de la demanda y de ser el caso, monto ya pagado.
ii) Relación de costos y costas pagadas por la empresa producto de la pérdida de procesos judiciales por concepto de Asignación Familiar en litigios individuales por ese concepto o como parte de otras reclamaciones.
iii) Relación de montos de intereses por deudas pagadas por ENACO por procesos judiciales con sentencia firme de demandas por Asignación Familiar.
iv) Relación de montos pagados por el concepto de asesoría legal externa para defensa de ENACO en procesos judiciales contra la empresa por concepto de demandas por Asignación Familiar.
v) Copia de informes emitido por OAL y/o terceros para ENACO sobre el costo – beneficio de permitir el inicio de procesos judiciales por deudas con trabajadores y extrabajadores por Asignación Familiar versus conciliar las mismas.
vi) Copia de Informes emitidos por OAL donde se alerta a las gerencias o Directorio sobre perjuicio a ENACO por el inicio de procesos judiciales por Asignación Familiar a pesar de tener varias sentencias firmes en contra de la empresa, que incluso tienen similares sustento de demanda. (…)”
Con fecha 3 de mayo de 2023, el sindicato recurrente interpuso su recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala