Resolución N.° 002469-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
13 de julio de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 01920-2023-JUS/TTAIP de fecha 13 de junio de 2023, interpuesto por JIMMY ALAN MANCHEGO ENRÍQUEZ contra la Carta N° 000263-2023-AIP/JNJ de fecha 7 de junio de 2023, mediante la cual la JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada mediante Registro N° 002129 de fecha 5 de junio de 2023.
Con fecha 5 de junio de 2023, el recurrente solicitó a la entidad se le remita por correo electrónico la información que a continuación se detalla:
“(…) información respecto a la prueba escrita P1 generada en la Convocatoria N° 002-2022-SN-JNJ; vinculada a las plazas de Juez Superior de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, donde conforme a la evaluación realizada el día 4 de junio de 2023, se informe por parte de la comisión que ha generado el examen escrito si cumplió con determinar los criterios de evaluación de especialidad contenidos en el Artículo 19 de la Ley de la carrera judicial y artículo 27 del Reglamento de evaluación, a efectos de precisar cuantas preguntas vinculadas a la especialidad penal vinculada a la competencia de la Sala Penal Nacional se ha realizado a diferencia de otros postulantes a Juez Superior que no tienen la especialidad penal.” (sic)
Con fecha 5 de junio de 2023, el recurrente solicitó a la entidad se le remita por correo electrónico la información que a continuación se detalla:
“(…) información respecto a la prueba escrita P1 generada en la Convocatoria N° 002-2022-SN-JNJ; vinculada a las plazas de Juez Superior de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, donde conforme a la evaluación realizada el día 4 de junio de 2023, se informe por parte de la comisión que ha generado el examen escrito si cumplió con determinar los criterios de evaluación de especialidad contenidos en el Artículo 19 de la Ley de la carrera judicial y artículo 27 del Reglamento de evaluación, a efectos de precisar cuantas preguntas vinculadas a la especialidad penal vinculada a la competencia de la Sala Penal Nacional se ha realizado a diferencia de otros postulantes a Juez Superior que no tienen la especialidad penal.” (sic)
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala