Resolución N.° 002456-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
12 de julio de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 01875-2023-JUS/TTAIP de fecha 07 de junio de 2023, interpuesto por ALEXANDRO IBARCENA OLIVERA contra la Carta N° 428-AIP OGAC/MDC de fecha 31 de mayo de 2023, mediante la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS atendió la solicitud de acceso a la información pública de fecha 08 de mayo de 2023.
Con fecha 08 de mayo de 2023, el recurrente requirió se le remita la siguiente información a su correo electrónico:
“(…), solicito se me envié por medio digital al correo elctrónico (…), las licitaciones de los bienes adquiridos por la municipalidad de Comas, desde el 01 de Enero de 2023 hasta el 30 de Abril del 2023, que debe contener, monto pagado, empresa ganadora, tipo de contratación, indicar si hubieron o no más postulantes, si fue publicado en algún medio, si fue contratación directa (…)”
Mediante Carta N° 428-AIP-OGAC/MDC de fecha 31 de mayo de 2023, la entidad atendió la solicitud de acceso del recurrente indicando lo siguiente:
“Que, en atención a lo solicitado en el expediente de la referencia, se hace de su conocimiento que este despacho, en su condición de Responsable del Acceso a la Información Pública, ha realizado los requerimientos de la información solicitada a la Oficina de Abastecimiento mediante el Memorando N° 672-2023 AIP-SG/MDC y Memorando N° 728-2023-AIP-SG/MDC, sin embargo, hasta la fecha, no se tiene respuesta de dicha unidad orgánica para atender su pedido.”
Con fecha 07 de junio de 2023, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud.
Con fecha 08 de mayo de 2023, el recurrente requirió se le remita la siguiente información a su correo electrónico:
“(…), solicito se me envié por medio digital al correo elctrónico (…), las licitaciones de los bienes adquiridos por la municipalidad de Comas, desde el 01 de Enero de 2023 hasta el 30 de Abril del 2023, que debe contener, monto pagado, empresa ganadora, tipo de contratación, indicar si hubieron o no más postulantes, si fue publicado en algún medio, si fue contratación directa (…)”
Mediante Carta N° 428-AIP-OGAC/MDC de fecha 31 de mayo de 2023, la entidad atendió la solicitud de acceso del recurrente indicando lo siguiente:
“Que, en atención a lo solicitado en el expediente de la referencia, se hace de su conocimiento que este despacho, en su condición de Responsable del Acceso a la Información Pública, ha realizado los requerimientos de la información solicitada a la Oficina de Abastecimiento mediante el Memorando N° 672-2023 AIP-SG/MDC y Memorando N° 728-2023-AIP-SG/MDC, sin embargo, hasta la fecha, no se tiene respuesta de dicha unidad orgánica para atender su pedido.”
Con fecha 07 de junio de 2023, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala