Resolución N.° 002021-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
13 de junio de 2023
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01714-2023-JUS/TTAIP de fecha 26 de mayo de 2023, interpuesto por NESTOR MANUEL DE LA ROSA GONZALES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA con fecha 20 de abril de 2023, registrado con STDUNI 2023-48833.
Con fecha 20 de abril de 2023, el recurrente solicitó a la entidad la remisión a través de su correo electrónico de la siguiente información: “copia simple en versión digital de los expedientes contratación y expedientes de pago de la licitación pública N°3-2022-UNI para la contratación de bienes: “Equipos de comunicación incluido instalación.”
Con fecha 26 de mayo de 2023, el recurrente interpuso el presente recurso de apelación al considerar denegada su solicitud en aplicación al silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001851-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA , se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, y de ser el caso, la formulación de sus descargos.
Con fecha 20 de abril de 2023, el recurrente solicitó a la entidad la remisión a través de su correo electrónico de la siguiente información: “copia simple en versión digital de los expedientes contratación y expedientes de pago de la licitación pública N°3-2022-UNI para la contratación de bienes: “Equipos de comunicación incluido instalación.”
Con fecha 26 de mayo de 2023, el recurrente interpuso el presente recurso de apelación al considerar denegada su solicitud en aplicación al silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001851-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA , se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, y de ser el caso, la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala