Resolución N.° 002460-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
29 de agosto de 2023
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02514-2023-JUS/TTAIP de fecha 26 de julio de 2023, interpuesto por ÓSCAR SIMEÓN TOLEDO MALDONADO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL con Expediente N° 17974 fecha 20 de junio de 2023.
Con fecha 20 de junio de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la siguiente información:
“(…) me haga entrega de una copia simple de los documentos que indico acto seguido y que están vinculadas a los requerimientos y gastos efectuados con la certificación presupuestal N° 1603 del 23 de diciembre 2020:
1. Copia del requerimiento de la Sub Gerencia de Educación, Cultura y Deporte para el servicio de la elaboración del video educativo con contenido de nuestra independencia Nacional (Certificación Presupuestal N° 1603-2020).
2. Copia del cuadro comparativo y/o documentos de cotizaciones de la Sub Gerencia de Logística para el servicio de la elaboración del video educativo con contenido de nuestra independencia Nacional. (Certificación Presupuestal N° 1603-2020).
3. Copia de la Orden de Servicio o contrato de servicios con el proveedor seleccionado para el servicio de la elaboración del video educativo con contenido de nuestra independencia Nacional y copia de la certificación presupuestal N° 1603-2020.
4. Copia del Informe y trabajo entregado por el proveedor del servicio de elaboración del video educativo con contenido de nuestra Independencia Nacional (certificación presupuestal N° 1603-2020).
5. Copia de la conformidad de servicios del área usuario y el comprobante de pago al proveedor por el servicio de elaboración del video educativo con contenido de nuestra independencia Nacional (Certificación presupuestal N° 1603-2020)”
En su escrito de solicitud, el recurrente indicó lo siguiente: “Dejo a usted mi correo XXXXXXX para que por favor me notifique el costo de reproducción de las copias de los documentos solicitados y se me hagan entrega (…)”
Con fecha 26 de julio de 2023, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Con fecha 20 de junio de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la siguiente información:
“(…) me haga entrega de una copia simple de los documentos que indico acto seguido y que están vinculadas a los requerimientos y gastos efectuados con la certificación presupuestal N° 1603 del 23 de diciembre 2020:
1. Copia del requerimiento de la Sub Gerencia de Educación, Cultura y Deporte para el servicio de la elaboración del video educativo con contenido de nuestra independencia Nacional (Certificación Presupuestal N° 1603-2020).
2. Copia del cuadro comparativo y/o documentos de cotizaciones de la Sub Gerencia de Logística para el servicio de la elaboración del video educativo con contenido de nuestra independencia Nacional. (Certificación Presupuestal N° 1603-2020).
3. Copia de la Orden de Servicio o contrato de servicios con el proveedor seleccionado para el servicio de la elaboración del video educativo con contenido de nuestra independencia Nacional y copia de la certificación presupuestal N° 1603-2020.
4. Copia del Informe y trabajo entregado por el proveedor del servicio de elaboración del video educativo con contenido de nuestra Independencia Nacional (certificación presupuestal N° 1603-2020).
5. Copia de la conformidad de servicios del área usuario y el comprobante de pago al proveedor por el servicio de elaboración del video educativo con contenido de nuestra independencia Nacional (Certificación presupuestal N° 1603-2020)”
En su escrito de solicitud, el recurrente indicó lo siguiente: “Dejo a usted mi correo XXXXXXX para que por favor me notifique el costo de reproducción de las copias de los documentos solicitados y se me hagan entrega (…)”
Con fecha 26 de julio de 2023, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala