Resolución N.° 001799-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
29 de mayo de 2023
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01110-2023-JUS/TTAIP de fecha 12 de abril de 2023, interpuesto por BRENDA ALLISON ZEGARRA RIOS contra la Carta N° 009142023-OEFA/RAI remitida mediante correo electrónico de fecha 3 de abril de 2023, mediante la cual el ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL - OEFA atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 17 de marzo de 2023.
Con fecha 17 de marzo de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad el: “(…) [l]istado de los administrados (empresas) por sector, incluidos en el PLANEFA 2023 del OEFA”.
Mediante la Carta N° 00914-2023-OEFA/RAI de fecha 31 de marzo de 2023, la entidad brindó respuesta al requerimiento de la administrada, señalando lo siguiente:
“(…)
Sobre el particular, las Coordinaciones de Supervisión Ambiental en Pesca, Industria y Agricultura de la Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas (en adelante, la DSAP), la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas (en adelante, la DSEM) y la Dirección de Supervisión en Infraestructura y Servicios (en adelante, la DSIS) indicaron mediante correo electrónico institucional que, no es posible brindar un listado indicando los nombres de las empresas que serán supervisadas definitivamente en el 2023 y/o las fechas de las supervisiones a realizarse durante el 2023 (programación), por cuanto ello afectaría la eficacia de la función supervisora del OEFA.
Todo ello, en concordancia con lo señalado en el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, que indica que, dentro de las facultades otorgadas al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), se encuentra la de realizar fiscalizaciones sin previo aviso, en aquellos establecimientos o lugares sujetos a fiscalización.
Con fecha 17 de marzo de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad el: “(…) [l]istado de los administrados (empresas) por sector, incluidos en el PLANEFA 2023 del OEFA”.
Mediante la Carta N° 00914-2023-OEFA/RAI de fecha 31 de marzo de 2023, la entidad brindó respuesta al requerimiento de la administrada, señalando lo siguiente:
“(…)
Sobre el particular, las Coordinaciones de Supervisión Ambiental en Pesca, Industria y Agricultura de la Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas (en adelante, la DSAP), la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas (en adelante, la DSEM) y la Dirección de Supervisión en Infraestructura y Servicios (en adelante, la DSIS) indicaron mediante correo electrónico institucional que, no es posible brindar un listado indicando los nombres de las empresas que serán supervisadas definitivamente en el 2023 y/o las fechas de las supervisiones a realizarse durante el 2023 (programación), por cuanto ello afectaría la eficacia de la función supervisora del OEFA.
Todo ello, en concordancia con lo señalado en el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, que indica que, dentro de las facultades otorgadas al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), se encuentra la de realizar fiscalizaciones sin previo aviso, en aquellos establecimientos o lugares sujetos a fiscalización.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala