Resolución N.° 001481-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

5 de mayo de 2023

VISTO el Expediente de Apelación N° 01021-2023-JUS/TTAIP de fecha 1 de abril de 2023, interpuesto por MARIBEL PALOMINO MARTINEZ contra la CARTA Nº 015- 2023/GOB.REG.HVCA/PPR. de fecha 21 de marzo de 2023, por la cual la PROCURADURÍA PÚBLICA REGIONAL DE HUANCAVELICA denegó su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 7 de febrero de 2023 con Registro 02549628.
Con fecha 7 de febrero de 2023, la recurrente solicitó a la entidad que le brinde copia de los expedientes con Registros Ns° 2457143 y 1816922.
Mediante la CARTA Nº 015-2023/GOB.REG.HVCA/PPR. de fecha 21 de marzo de 2023, la entidad trasladó a la recurrente el Informe N° 019- 2023/GOB.REG.HVCA/PPR-vnpr de fecha 20 de marzo de 2023, que refiere lo siguiente:
“(…) SEGUNDO:con respecto a la solicitud, informo a su despacho, que esta Procuraduría Publica Regional no puede dar información respecto a Io peticionado por el usuario, ya que las Procuradurías Publicas Regionales por estrategia de defensa no se puede brindar información, mucho menos los documentos que se encuentran en esta Procuraduría Publica Regional, por lo tanto, una vez presentada la demanda lo solicite al Juzgado de turno. Asimismo se le pone en conocimiento, de vuestras procuradurías públicas, el Informe Jurídico N°04-2021- JUS/DGTAIPD emitido por la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la cual, se brindan precisiones en torno a las reglas que deberían seguirse y observarse para el trámite de solicitudes de acceso a la información pública que se encuentre orientada a acceder a documentación contenida en expedientes judiciales, carpetas fiscales, y procesos arbitrales en trámite, así como información relacionada a la estrategia de defensa del Estado.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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